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Sección: Estado de Veracruz

Congreso define límite territorial entre Oteapan y Chinameca

- Cumpliendo sentencia de Suprema Corte, se define que área de “Tina Chica” corresponde a Chinameca

- Diputado Gonzalo Guízar, único en votar en contra de resolutivo

José Topete Xalapa, Ver. 30/01/2020

alcalorpolitico.com


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El Congreso del Estado aprobó con 47 votos a favor y uno en contra del diputado local, Gonzalo Guízar Valladares, que el área denominada “Tina Chica” corresponde al municipio de Chinameca.

Además, se avaló que la superficie compuesta de 463-00-00 hectáreas desincorporadas del predio Tonalapan, a la que se refiere la escritura pública número 91 de fecha 29 de julio de 1890, constituye el municipio de Oteapan, Veracruz.

Con ello se da cumplimiento a la sentencia de 16 de noviembre de 2016 emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la controversia constitucional 11/2016.



Al respecto, en entrevista previa el diputado Gonzalo Guízar Valladares afirmó que ha ejercido su Derecho de votar en el pleno con las tres modalidades que hay como legislador respecto a los Límites Territoriales Intermunicipales entre Chinameca y Oteapan.

Explicó que la Suprema Corte de Justicia no induce a ningún Congreso a votar en un sentido o en otro, pues tenían como plazo hasta el 4 de febrero para resolver conforme corresponda y él optó por hacerlo en contra.

“El diputado siempre tendrá una autonomía legislativa”, comentó, apuntando que el nuevo proyecto favorece a Chinameca.



“Es un hecho histórico, hay un antecedente histórico donde entendemos que en tres ocasiones el dictamen fue a favor de Oteapan y este momento se cambia este criterio y se va a favor de Chinameca, pero más allá de defender a uno u otro, nosotros respetamos la libertad y las instituciones como los gobiernos municipales.

“Creemos que no es el momento de confrontar a dos pueblos, sobre todo porque estamos viendo un sistema de inseguridad que genera violencia”, consideró.

En el dictamen se señala que se analizó la sentencia de 16 de noviembre de 2016, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, partiendo de que el Decreto 527 de 16 de enero de 2003, que ratificó la resolución presidencial del 29 de noviembre 1967 que dota de una porción de tierra al municipio de Oteapan y señaló los límites oficiales entre Oteapan y Chinameca.



Además, el decreto 537 de 30 de enero de 2003, mediante el cual el Congreso local revocó el Decreto 527 antes referido y confirmó el acuerdo económico del propio Congreso, de 28 de septiembre de 1983, determinando la pertenencia de la zona denominada “Tina Chica” al municipio de Chinameca y fijó la superficie del municipio de Oteapan.

Cabe destacar que, según el dictamen, a la fecha el Decreto 537 es una determinación válida y firme, pues los decretos y declaraciones de invalidez previos en nada lo han modificado.