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Sección: Estado de Veracruz

Congreso deroga entrega de concesiones para transporte colectivo en Xalapa

Los concesionarios que cuentan con una o más, tienen derecho a usarlas; la ley no es retroactiva

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 05/06/2013

alcalorpolitico.com

Durante la sesión plenaria de este miércoles, se aprobaron reformas a la Ley de Tránsito y Transporte del Estado para derogar la modalidad de colectivo en el transporte público, por lo que ya no se volverán a entregar concesiones en esa modalidad.

Sin embargo, los 50 concesionarios de la capital del Estado que detentan una concesión en la modalidad de colectivo, no se verán afectados en los derechos y obligaciones inherentes a su concesión en los términos autorizados, ya que las reformas no se pueden aplicar con retroactividad en perjuicio de persona alguna.

La reforma al artículo 120 de la referida ley dice: “A las personas físicas sólo se les otorgará una concesión para prestar el servicio de transporte público de pasajeros en las modalidades de taxi, exclusivo de turismo, recreativo, escolar o rural mixto carga-pasaje; y hasta tres concesiones en las modalidades de urbano, suburbano, foráneo, carga en general y carga materialista”.



Y en un artículo tercero transitorio quedó especificada la protección de los derechos de los actuales concesionarios en la modalidad de colectivo.

“Las personas que actualmente prestan el servicio concesionado de transporte público, en la modalidad de colectivo, continuarán haciéndolo con los mismos derechos y obligaciones con que les fue otorgada la concesión por el Gobierno del Estado”.

La iniciativa de reforma aprobada fue presentada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa, en donde justificó que la derogación del servicio colectivo es porque al tratarse de una clasificación que, a pesar de encontrarse prevista en la Ley desde hace más de veinte años, sólo ha sido utilizada en la ciudad de Xalapa por un reducido número de concesionarios.



Además que el transporte público en condición de colectivo ha propiciado un servicio que se ha pretendido equiparar con la modalidad de suburbano, cuyas características y requerimientos son diferentes.

“Sin soslayar que las unidades destinadas al servicio clasificado como colectivo, han incurrido en problemas de inseguridad para los pasajeros, al rebasar el cupo autorizado; lo que, además trae aparejado una competencia desigual, dado que estas unidades circulan frecuentemente por las mismas rutas que detentan los concesionarios suburbanos”.

En ese sentido, si bien los diputados consideran factible aprobar la desaparición de este servicio, determinaron necesario dejar garantizados los derechos de los actuales concesionarios.



Otro artículo reformado fue el 120: “A los vehículos destinados a las modalidades de urbano, suburbano, foráneo y rural mixto no se les permitirá una antigüedad superior a los quince años. En el caso de las unidades de taxi, será de cinco años su antigüedad máxima”.