Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Congreso recibe propuesta sobre nueva deuda de 2 mil mdp para Veracruz

- En días pasados, Gobernador informó que buscarían acceder a dichos recursos

- Se establece como fuente de pago porcentaje de participaciones federales

- Dinero se destinaría a “inversión pública productiva”

José Topete Xalapa, Ver. 19/01/2021

alcalorpolitico.com

El Gobernador, Cuitláhuac García Jiménez, remitió su iniciativa de decreto para gestionar y contratar uno o varios financiamientos hasta por 2 mil millones de pesos para destinarlo inversión pública productiva.

El pasado 5 de enero el mandatario anunció que buscará una nueva reestructura de la deuda pública, la segunda en lo que va de su periodo. Al respecto, aseveró que se lograría compensar la disminución del presupuesto estatal en este ejercicio 2021, con respecto al de 2020.

El año pasado el presupuesto para estados y municipios fue equivalente a 129 mil 535 millones 95 mil 247 pesos, pero ante los recortes que provocó la contingencia sanitaria por COVID, Veracruz ejercerá 128 mil 420 millones 684 mil 290 pesos.



El nuevo financiamiento, según el mandatario, permitiría a su administración amortizar recursos por más de 2 mil millones de pesos a la deuda pública y, al mismo tiempo, destinar la misma cantidad a obras a partir del próximo mes de abril, si es autorizado por el Congreso.

El Gobernador negó que este nuevo empréstito signifique más deuda para los veracruzanos, no obstante, al tomar el cargo en 2018 prometió reducir el nivel de endeudamiento. De concretarse el financiamiento la deuda a largo plazo se mantendría en 41 mil millones de pesos al final de su sexenio, prácticamente el mismo monto que heredó de su antecesor, Miguel Ángel Yunes Linares.

Se crearía fideicomiso



La Mesa Directiva turnó la solicitud a la Comisión de Hacienda del Estado para su análisis, detallando que el financiamiento se hará con cargo a las participaciones federales del Estado, con un plazo máximo de 20 años.

Se prevé la constitución de un Fideicomiso para garantizar el pago de este crédito que sería utilizado para garantizar obras y acciones de inversión pública productiva. En su justificación, García Jiménez aseguró que el monto del crédito es igual al monto de amortización de la deuda pública en el periodo comprendido del 1 de diciembre de 2018 al 20 de noviembre de 2024.

“De este modo se cumple con el doble propósito de la presente administración de no aumentar el saldo de la deuda pública respecto del existente al inicio de este Gobierno y destinarla de forma transparente y exclusiva a proceso y se inversión pública productiva que detonen el crecimiento de la economía estatal y regional, al tiempo de evitar las prácticas opacas, carentes de rendición de cuentas y las de ostensible corroen pública realizadas por las administraciones anteriores”, señala.



Comprometerían hasta el 2.48% de las particiones

De esta manera se comprometerían hasta el 2.48 por ciento de las particiones federales presentes y futuras que en ingresos federales le corresponden al Estado, excluyendo aquellas recibidas a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para ser transferidas a los municipios.

La contratación de esta nueva deuda estaría a cargo de la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN) para que la realice con cualquier institución de crédito o integrante del Sistema Financiero Mexicano.



“Se autoriza al Estado, por conducto del Poder Ejecutivo, y a través desde la SEFIPLAN a contratar un crédito hasta por la candad de 2 mil millones de pesos hasta por un plazo máximo de 20 años bajo las mejores condiciones de mercado, con cualquier institución de crédito o integrante del sistema financiero mexicano con las mejores condiciones financieras”.

El monto máximo de cada financiamiento que celebra deberá considerarse que los recursos que anualmente el Estado podrá destinar para el pago del servicio de su deuda, incluidos el pago de capital, comisiones, intereses y accesorios financieros, no podrán exceder el 2.48 por ciento de las participaciones federales presentes y futuras.

“El Fideicomiso constituido que constituya el estado únicamente podrá modificarse o extinguirse con el consentimiento previo y por escrito de los fideicomisarios y tendrá carácter de irrevocable en tanto existan obligaciones de pago a cargo del estado por financiamientos contratados con gente de pago con cargo a participaciones federales o instituciones de crédito o integrantes del sistema financiero mexicano”.



En caso de ser aprobada la solicitud, el Gobierno podría contratar un monto adicional establecido por la cantidad de 30 millones de pesos para constituir el o los fondos de reserva del o los créditos o financiamientos y los costos y gastos que con motivo del decreto se contrate, esto en caso de que no se incluyan instrumentos derivados y garantías de pago, ya que de lo contrario se autoriza el pago de hasta 50 millones de pesos en caso de que sí se incluyan garantías de pago e instrumentos tales como la contratación de coberturas de tasas de interés conocimos como CAPS, instrumentos enviados de intercambio de tasas conocidas como SWAPS o cualquier otro tipo de instrumento de cobertura.

“Para garantizar a los acreedores del estado el paso de los financiamientos que se contrate se autoriza la contratación de garantías de pago oportuno u operaciones similares con cualquier institución financiera de nacionalidad mexicana por un monto equivalente al 30% del monto total de los financiamientos que se celebren hasta por un plazo de 25 años”.

Esto incluye un periodo de disposición de hasta 20 años y un periodo de amortización de hasta 60 meses que inicia al término del periodo de disposición y en caso de contratar varios créditos se podrá contratar tantas garantías como créditos se celebren.



Los recursos estarían destinados a la ejecución de obras, adquisición de bienes y los gastos para la rehabilitación de bienes que generen un aumento en la capacidad o vida útil de los mismos; se añade que en los contratos de los financiamientos se deberán especificar los proyectos u obras elegibles o rubro de inversión.

Y se advierte que estas deberán generar el fortalecimiento de infraestructura hospitalaria y de salud, infraestructura educativa y deportiva, infraestructura en vialidades urbanas, interurbanas o metropolitanas, así como en obra pública en madera inmobiliaria de suelos, agropecuaria, medioambiental, hidráulica y de electrificación y de equipamiento, así como infraestructura vehicular operativa y equipamiento para seguridad pública.

Esto incluye construcción, mejoramiento, rehabilitación y/o reposición de bienes de dominio público, adquisitivo de bienes como mobiliario y equipo de administración, equipo educacional, equipo médico, instrumental médico y de laboral río, quito de seguridad, y maquinaria ; la adquisición de bienes como vehículos de transporte público, terrenos y edificios no residenciales.



Finalmente el Estado deberá prever anualmente en su presupuesto de egresos el importe que permita realizar las erogaciones para el pago del servicio de la deuda en cada ejercicio fiscal hasta su total liquidación.