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Sección: Estado de Veracruz

Constitucional que Finanzas “ajuste” presupuesto de poderes y órganos autónomos

- Adecuaciones se permiten con situaciones financieras “extraordinarias” previa aprobación del presupuesto

- Ejecutivo y Congreso vigilarán cumplimiento de balance presupuestario

- Dependencias y poderes deberán reintegrar recursos no ejercidos a Finanzas

- En total 199 ayuntamientos aprobaron esta reforma a la Constitución 

José Topete Xalapa, Ver. 10/09/2020

alcalorpolitico.com

De manera expresa, 27 ayuntamientos de la entidad y 172 mediante la afirmativa ficta, 199 en total, avalaron el decreto de reforma constitucional en materia de finanzas que establece que por “excepción”, el Ejecutivo y el Congreso realicen ajustes necesarios “a efectos de cumplir con los principios de balance presupuestario de recursos disponibles.

Se estableció que dichas adecuaciones se podrán realizar “ante situaciones financieras extraordinarias o imprevistas de carácter general” cuando disminuyan los ingresos estatales y previo a la aprobación del presupuesto de egresos.

Igualmente, se aprobó que las dependencias centralizadas y entidades paraestatales de la administración pública estatal, los Poderes Legislativo y Judicial, los organismos autónomos y demás entes públicos que ejerzan recursos y no hubieran devengado al 31 de diciembre del correspondiente ejercicio fiscal, deberán reintegrarlos a la Secretaría de Finanzas dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre del ejercicio.



La reforma constitucional establece que en el caso de órganos, organismos autónomos del Estado, o entes públicos que tengan asignados porcentajes específicos del presupuesto general del Estado, la base para su cálculo será el total de los ingresos de libre disposición de la entidad.

Ello con el argumento de que las finanzas públicas del Estado, deberán estar apegadas a un criterio de racionalidad y de estricta disciplina fiscal, de manera que para cada año el nivel de gasto que se establezca en el presupuesto de egresos sea igual o inferior a los ingresos previstos para el mismo ejercicio fiscal.

La reforma establece que los ingresos que reciban las dependencias centralizadas y entidades paraestatales en concepto de derechos, aprovechamientos y productos, ingresen a la Oficina Virtual de Hacienda (OVH) de la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN).



Los cambios a la carta magna fueron planteados por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez el pasado 28 de enero y aprobados por los diputados del Congreso del Estado el 28 de julio.

Cabe señalar que los cabildos municipales de Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Tlanehuayocan, Coatzintla, Martínez de la Torre, Amatlán de Los Reyes, Orizaba, Córdoba, Apazapan, enviaron los acuerdos en los que rechazaron dicha reforma constitucional. Mientras que Chontla envió su acta de cabildo en la que no expresa el sentido aprobatorio o de rechazo, por lo que no fue considerada.

La reforma comprende las modificaciones a los párrafos segundo y tercero del artículo 72 de la Constitución Política del Estado, estipulándose que todos los caudales públicos pertenecientes al Estado, deberán ingresar a la SEFIPLAN, salvo en los casos que establezca la propia Constitución y las leyes.



De esta manera se fijan reglas especiales respecto del Presupuesto de Egresos, con la finalidad de cumplir con el principio de sostenibilidad del Balance presupuestario y del Balance presupuestario de recursos disponibles.

Este jueves la Diputación Permanente de la LXV Legislatura realizó la declaratoria del decreto, tras conocer el informe de la Secretaría General, mediante el cual la mayoría de los ayuntamientos de la entidad lo aprueban.