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Sección: Estado de Veracruz

Continúa lucha legal en la elección de dirigente estatal del PAN

- TEV revoca resolución de órgano intrapartidario que avaló sustitución de candidato

- Ordena a Comisión de Justicia nacional motivar y fundamentar el cambio

Claudia Montero Xalapa, Ver. 19/01/2022

alcalorpolitico.com

El pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ordenó a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) emitir una nueva resolución en la que fundamente y motive adecuadamente la sustitución de Tito Delfín Cano por Federico Salomón Molina, para aspirar a la presidencia de su Comité Directivo Estatal, ya que la resolución de dicha Comisión panista carece de la debida fundamentación y motivación, pues convalida la extralimitación de la Comisión Permanente Nacional al aprobar la recomposición de la planilla.

En la sentencia emitida este martes 18 de enero, los togados revocaron la resolución de la instancia intrapartidaria en la que confirmó los actos realizados por la Comisión Permanente Nacional del blanquiazul, con los que se hizo el "reacomodo" de la planilla ante la detención del aspirante a líder el instituto político en la Entidad.

Por lo que la Comisión de Justicia deberá volver a pronunciarse, valorando y estudiando de fondo todos los agravios presentados por Joaquín Guzmán Avilés, excandidato en los comicios internos, ya que no se valoraron y atendieron debidamente los alegatos que presentó para controvertir esta sustitución en la fórmula.



En el fallo jurisdiccional se ordenó verificar si la Comisión Permanente del PAN cumplió con los requisitos para hacer uso de lo no previsto en la convocatoria; y si esta instancia interna no violó el artículo 15 de la convocatoria para renovar la presidencia estatal en Veracruz.

"La resolución de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN carece de la debida fundamentación y motivación, pues convalida la extralimitación de la Comisión Permanente Nacional, al aprobar la 'recomposición' de la planilla integrada por la ciudadana Indira de Jesús Rosales San Román, candidata a Secretaria General, entre otros, pues afirma que de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Convocatoria, existe disposición expresa que prohíbe la sustitución de la candidatura de quien es registrado como aspirante a la Presidencia del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en Veracruz", se puntualiza.

En cuanto a la falta de fundamentación y motivación, los magistrados del TEV sostuvieron que de manera dogmática aplicó el artículo 38, fracción XV de los Estatutos de Acción Nacional, para concluir que la Comisión Permanente no estaba obligada a solicitar autorización alguna para resolver los casos no previstos; sin embargo, como se señaló, la Convocatoria estableció una regla especial y no expuso ningún razonamiento lógico jurídico que justificara de manera fundada y motivada la razón por la que en el caso particular, en su caso, resultaba inaplicable la condición establecida en el artículo 68 de la Convocatoria (contar con la autorización de la Secretaría de Fortalecimiento Interno del CEN).



En la resolución del Tribunal Veracruzano se mandató a la Comisión de Justicia a notificar correctamente a Guzmán Avilés, en el domicilio señalado, ya que lo omitió en la resolución ahora revocada.

Tras la resolución, Guzmán Avilés afirmó que agotará todas las instancias para defender la legalidad del proceso interno que dio como ganador a Salomón Molina.

"Ya lo hemos dicho y hoy lo reiteramos, nuestra planilla enfrentó muchas irregularidades en esta elección y seguiremos de pie porque son miles de personas, en cientos de municipios del Estado, las que confían, apoyan y nos acompañan en esta exigencia”, reiteró.