Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Controlarán viáticos de personal del Instituto Metropolitano del Agua

Organismo emite Manual para la asignación de recursos en viaje de comisiones de trabajo

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 23/05/2020

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de que el uso de recursos económicos se apegue a los principios de legalidad, honestidad, honradez, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad y austeridad, el Instituto Metropolitano del Agua (IMA) emitió el Manual de Políticas para la Asignación de Comisiones de Trabajo, Trámite y Control de Viáticos y Pasajes.

Entre las disposiciones destacan el pago de traslado por avión para viajes fuera del Estado pero el personal comisionado que se traslade por ese medio se sujetará a la tarifa más económica que se encuentre disponible al momento de la reservación.

Mientras que el otorgamiento y adquisición de pasaje terrestre, será procedente cuando no exista asignación de vehículo oficial. En caso de que el personal comisionado utilice vehículo oficial o propio, éste último bajo su estricta responsabilidad, para trasladarse al lugar de la comisión, el Instituto cubrirá el costo de peajes y combustibles.



Aunque cuando el personal comisionado opte por utilizar vehículo propio, será su responsabilidad los desperfectos, descomposturas o siniestros que sufra el vehículo en el desarrollo de la comisión, por lo tanto, no serán cubiertos con cargo a recursos públicos.

La tarifa para el pago de viáticos de traslado, hospedaje y alimentos queda establecida por 3 niveles:

Para el primer nivel, el hospedaje/transporte será de mil 16.06 pesos diarios y para alimentos de 435.45 pesos; en el segundo nivel, el hospedaje/transporte será de 870.91 pesos y para alimentos de 373.25 pesos; y para el tercer nivel, traslado/transporte de 725.76 pesos y alimentos de 311.04 pesos.



Para alimentos, los viáticos tendrán la siguiente proporción: desayuno 25%, comida 50% y cena 25%.

Mientras que el hospedaje procederá, cuando el personal activo sea comisionado a destinos ubicados a más de 50 kilómetros de distancia del lugar de adscripción; y los viáticos no se podrán otorgar como una forma de complementar el sueldo del personal.

El gasto que se realice por alimentos no debe incluir golosinas, bebidas energéticas o productos no alimenticios; tampoco se aceptarán gastos realizados en establecimientos que describan su actividad como restaurante-bar, ni por concepto de consumo de bebidas alcohólicas.



También quedó establecido que el personal activo facultado para el trámite, autorización y control de viáticos y gastos de viaje, así como quienes tienen carácter de personal comisionado son responsables de las irregularidades en que incurran, haciéndose acreedores a las sanciones previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, sin perjuicio de aplicar las disposiciones civiles y penales correspondientes.