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21 de octubre de 2024
alcalorpolitico.com
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JUECES: serán interpelables
AL SER VOTADOS por un proceso de elección popular, los jueces y ministros entran a ser funcionarios de un gobierno que los somete a criterios distintos en materia de jurisdiccionalidad, porque si bien conservan el poder de juzgar y hacer cumplir la sentencia, también entran a mandatos constitucionales que rigen para todos los políticos, como podría ser su exposición ante los medios de comunicación, que tienen la potestad de analizar, criticar y aún contradecir las acciones y decisiones de los políticos, a lo cual no estaban expuestos los miembros del Poder Judicial hasta antes de la promulgación de la Reforma Judicial, ahora ya en vigor

El acto jurisdiccional último, como es una sentencia, constituye la resolución definitiva de una controversia y hasta ahora, existe el mecanismo legal de la apelación y sólo un tribunal superior puede confirmar, modificar o inclusive rechazar la sentencia pero, la nueva legislación tendrá que definir cuáles son los límites de los actos de los jueces, ahora que entran a los terrenos de la política. ¿Cuáles criterios prevalecerán a la hora de que se conozca una sentencia?; ¿podrá ser discutida y criticada en los medios de comunicación por caer dentro del actuar de una persona que está ejerciendo política?

Esto lo tendrán que discutir y clarificar los legisladores que presentan la reforma judicial como la democratización del actuar de los jueces pero entonces, ¿hasta dónde puede la democracia popular opinar sobre los criterios de los juzgadores?