Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Córdoba reforma Reglamento de Tránsito para regular operación de grúas

- Exige a empresas tener concesión y estar en el Padrón Municipal de prestadores de servicios

- Cambios establecen que tendrán prioridad las grúas oficiales por sobre las particulares

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 17/01/2020

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de dotar de más garantías jurídicas a la ciudadanía, el Ayuntamiento de Córdoba, que preside Leticia López Landeros, reformó el Reglamento de Tránsito y Vialidad para regular los servicios auxiliares de la seguridad vial relativos a los vehículos de carga especializada para el arrastre y salvamento de vehículos y depósito de unidades motoras.

Los particulares que deseen brindar el servicio, deberán contar con concesión vigente y estar registrados en el Padrón Municipal de prestadores de servicios; y sólo podrán actuar a solicitud de los particulares por algún desperfecto mecánico, siempre y cuando el vehículo o el conductor no se encuentren involucrados en algún hecho o accidente de tránsito o un ilícito; y por orden de autoridad administrativa o judicial y por infracciones al Reglamento.

Queda especificado que para los eventos y actuaciones de la Dirección de Tránsito Municipal, tendrán prioridad las grúas oficiales, por sobre las particulares.



Además, los prestadores de servicios auxiliares deberán contar con un tarifario específico, el cual deberán tener a la vista de los usuarios; y los gastos que se originen con motivo de la inmovilización del vehículo, serán por cuenta de su propietario; mientras que el arrastre, depósito o resguardo, de vehículos por infracciones al Reglamento, así como por hechos de tránsito, deberá ser cubierto conforme a lo establecido en el Código Hacendario Municipal.

El Ayuntamiento, dentro de sus posibilidades presupuestales, dotará a la Dirección de Tránsito Municipal de las herramientas, implementos y accesorios necesarios para optimizar los servicios auxiliares que sirvan para fortalecer la seguridad vial municipal.

También quedó establecido que se entenderá por depósito o lugar de resguardo, el área condicionada donde se almacenan todo tipo de vehículos remitidos y asegurados por la autoridad vial municipal, ya sea por la comisión de un probable delito o de una infracción al Reglamento.



Aunado a ello, corresponde a la Dirección de Tránsito Municipal otorgar las autorizaciones correspondientes para el establecimiento de estacionamientos en predios particulares, de conformidad con la Ley, el Reglamento y las disposiciones municipales en la materia.

Asimismo, otra de las reformas reduce de muy grave a grave, la infracción por no utilizar el cinturón de seguridad.