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Sección: Estado de Veracruz

En la administración pública

Crearán Banco Estatal de Datos para casos de violencia contra las mujeres

- Información permitirá tomar acciones contra el hostigamiento y acoso sexual

- Gobernador emitió nuevo protocolo que tiene como fin prevenir y sancionar estas conductas

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 24/03/2020

alcalorpolitico.com

Cuitláhuac García Jiménez, gobernador de Veracruz, emitió un nuevo Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en la Administración Pública Estatal, con la finalidad de brindar atención a la persona en calidad de afectada por ese tipo de conductas, desde una perspectiva de género y de derechos humanos y garantizar el acceso de las personas a una vida libre de violencia en el servicio público.

El Protocolo crea el Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres (BANESVIM) y será el Instituto Veracruzano de la Mujer el responsable de su administración.

Por ello, este organismo deberá emitir las reglas de operación, lineamientos de transmisión de la información y los formatos de captura de datos y tiene un plazo no mayor a 30 días naturales para elaborar un documento administrativo denominado Cédula de Atención, para atender y orientar debidamente a la persona en calidad de afectada, que incluya el formulario de información de forma sensible, confidencial y con perspectiva de género.



En dicho banco se registrarán los casos de hostigamiento sexual y/o acoso sexual que se presenten en la Administración Pública Estatal, lo que permitirá un análisis para implementar acciones que inhiban y erradiquen esas conductas.

Desde este momento, en la Administración Pública Estatal quedan estrictamente prohibido el hostigamiento sexual y/o el acoso sexual tales como, solicitar favores sexuales, tocamientos ofensivos, conductas verbales, bromas, comentarios obscenos o sugestivos, materiales escritos de naturaleza sexual, fotografías, imágenes, así como cualquier otra de índole sexual ya sea escrita, verbal o física no mencionada.

Cada dependencia o entidad de la Administración Pública Estatal deberá emitir un pronunciamiento de "Cero Tolerancia" a las conductas de hostigamiento sexual y/o acoso sexual, que deberá comunicarse a las servidoras y servidores públicos, a través de los medios o canales de comunicación institucionales que resulten idóneos para dejar constancia de su conocimiento.



De presentarse una situación de esa naturaleza y haya una queja o denuncia, el Protocolo establece que se otorgarán medidas de protección a la persona afectada, como la prohibición al presunto agresor de molestar por cualquier forma y medio; la reubicación en lugar distinto de trabajo o de turno, en su caso, de conformidad con las condiciones generales de trabajo, salvaguardando siempre los derechos de la persona en calidad de afectada y evitando en todo momento la revictimización.

La garantía del goce de sus derechos y el apoyo para que la persona en calidad de afectada no se vea perjudicada en el desarrollo de sus actividades y advertir a la persona presunta agresora de las consecuencias a las que se hará acreedora de no cumplir con las medidas de protección impuestas, como lo es en su caso la solicitud en la aplicación de una medida cautelar.

El expediente generado que contenga todos los datos personales y sensibles, de la persona en calidad de afectada así como de la presunta agresora, que se recaben con motivo de dar atención y seguimiento al caso por el hostigamiento sexual y/o acoso sexual, tendrá el carácter de información confidencial y secrecía para evitar que se agrave su condición o se exponga a sufrir un nuevo daño por este tipo de conductas.



También se determina que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal tienen un plazo de 180 días naturales para adecuar su normativa interna relativa al contenido del Protocolo.