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Sección: Estado de Veracruz

Credencial del INE con vigencia hasta el 1° de enero será válida para comicios de 2021

- Se garantiza derecho constitucional del voto al mayor número de ciudadanos

- Titulares se excluirán del padrón electoral al día siguiente de la jornada electoral del 6 de julio

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 31/07/2020

alcalorpolitico.com

Los ciudadanos cuyas credenciales para votar con fotografía perderán vigencia a partir del 1º de enero de 2021 podrán usarlas para votar en los procesos comiciales federales y locales del próximo año.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) acordó lo anterior en virtud de que 4 millones 565 mil 942 mexicanos se encuentran en ese supuesto y ante las actuales condiciones sanitarias podrían abstenerse de renovar la credencial.

Aunado a ello, los consejeros también acordaron ampliar al 10 de febrero de 2021 la campaña de actualización de las credenciales para votar con fotografía.



También se tomó el acuerdo de que las credenciales que pierdan vigencia el 1º de enero del próximo año serán excluidas del padrón electoral al día siguiente de la jornada electoral del domingo 6 de julio o en su caso, después de los procesos extraordinarios que pudieran presentarse.

Con esas medidas se garantiza el derecho constitucional del voto al mayor número de ciudadanas y ciudadanos.

Asimismo, el Consejo General del INE determinó que para efectos de inscripción al padrón electoral y actualización de datos de la Credencial para Votar, el plazo concluirá, en vez del 15 de diciembre como se tenía previsto, hasta el 10 de febrero; mientras que para el caso de reposición o reimpresión por robo o extravío de la mica sin cambio de datos será hasta el 25 de mayo.



Y la ciudadanía podrá recoger su Credencial para Votar por actualización o inscripción hasta el 10 de abril y por reposición sin cambio de datos hasta el 4 de junio.

Los consejeros electorales también ordenaron reanudar los plazos y términos suspendidos para la investigación, instrucción, resolución y ejecución de los procedimientos laborales disciplinarios, así como de los recursos de inconformidad, los cuales habían sido previamente pausados por la contingencia sanitaria.

Para ello, avalaron el uso de herramientas tecnológicas como medida extraordinaria para llevar a cabo las notificaciones de las resoluciones recaídas, tanto a los procedimientos laborales como a los recursos de inconformidad.