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Sección: Estado de Veracruz

Dan a conocer las reglas del fideicomiso para implementar el Sistema de Justicia Penal

- Estaban vigentes desde el 19 de abril del año pasado

- Establecerán el procedimiento para recibir y entregar recursos con cargo al patrimonio del Fideicomiso estatal

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 22/09/2018

alcalorpolitico.com

A poco más de dos meses para concluir la presente administración estatal, se dieron a conocer las Reglas de Operación del Fideicomiso Estatal Número 2244 para la Implementación del Sistema de Justicia Penal del Estado de Veracruz, que están vigentes desde el 19 de abril de 2017.

Las mismas tienen como objeto establecer los procedimientos que regirán la recepción de recursos por el Fiduciario (BANOBRAS) y la entrega de los mismos con cargo al patrimonio del Fideicomiso Estatal, así como las acciones que las instancias ejecutoras deben desarrollar y cumplir para el logro de los objetivos previstos en el Convenio de Apoyo y en el Fideicomiso Estatal, que permitan consolidar el Sistema de Justicia Penal en el Estado de Veracruz.

Se determina que será responsabilidad de la instancia ejecutora los procedimientos de contratación, así como la administración de los contratos y las demás responsabilidades inherentes a los mismos.



La instancia ejecutora de los Proyectos deberán presentar al Comité Técnico Estatal para su conocimiento y aprobación, para proceder al pago con cargo al patrimonio del Fideicomiso Estatal, los contratos que hubiere celebrado para la ejecución de los Proyectos sujetos del Apoyo, indicando el nombre de cada uno, según lo autorizado por el Comité Técnico del Fideicomiso para el otorgamiento del apoyo.

Las reglas señalan que para las aportaciones federales se deberán notificar a BANOBRAS mediante escrito firmadas por el Delegado Fiduciario y por el Presidente del Comité Técnico Estatal, acompañadas de la constancia de acuerdo firmada por el Secretario de Actas.

Y para la las aportaciones estatales el Fideicomitente (Gobierno del Estado) deberá efectuar las aportaciones que le correspondan al 50% de los Proyectos aprobados, de manera previa a la aportación que efectúe el Fideicomiso.



Además, deberá remitir por escrito al Fiduciario el detalle de la aportación que hubiera efectuado, señalando el importe que le corresponda a cada Proyecto.

Para los proyectos y del programa de ejecución, la Instancia responsable de las de las acciones de los Proyectos deberán presentar al Comité Técnico Estatal para su conocimiento los Proyectos que hubieran sido autorizados para recibir el Apoyo de parte del Fideicomiso y que vayan a ejecutar las mismas.

Mientras que el Comité Técnico del Fideicomiso Estatal deberá conocer y aprobar los avances en la ejecución de los Proyectos y, en su caso, adoptar las medidas que considere convenientes para la debida conclusión de los mismos.



En caso de atrasos derivados de condiciones supervenientes, contingentes o excepcionales, que motiven o justifiquen una prórroga o ampliación del plazo considerado en el calendario original.

El Comité Técnico con base en la justificación que presente la instancia ejecutora, podrá aprobar la recalendarización.