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Sección: Estado de Veracruz

De ignorar a CNDH, Gobierno de Veracruz terminaría por ser denunciado

- Derechos Humanos espera respuesta a recomendación por abusos de policías y Fiscalía

- De rechazar medidas, Gobernador y Fiscal serían llamados a comparecer ante Senado

- Organismo llama a derogar el delito de ultrajes en Veracruz

José Topete Xalapa, Ver. 09/01/2022

alcalorpolitico.com


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La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) puede denunciar al gobernador Cuitláhuac García Jiménez de persistir su negativa a derogar el numeral 331 referente al endurecimiento del delito de ultrajes a la autoridad en el Código Penal estatal, en el caso de que no pueda fundamentar dicha determinación.

Por su parte, la Comisión Permanente o la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión igualmente pueden solicitar la comparecencia del mandatario veracruzano y de la fiscal general Verónica Hernández Giadáns si rechazan las exhortaciones del órgano presidido por Rosario Piedra Ibarra.

Y es que el pasado 21 de diciembre la CNDH emitió la recomendación 146/2021 al comprobar la retención ilegal e imputación indebida por parte de elementos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) en contra de 6 jóvenes en Xalapa, así como por la violación al Derecho a la Justica cometida por la Fiscalía en contra de los acusados.



En su indicación sexta, el órgano nacional pide al Ejecutivo estatal actuar mediante el accionar del proceso legislativo para proponer, a la brevedad, la derogación del numeral 331 del Código Penal para el Estado:

“(…) a fin de prevenir nuevas violaciones a derechos humanos, en beneficio de la población en general residente o que transita en la jurisdicción de esa entidad federativa; remitiendo a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento”.

Dicho numeral se encuentra incluido en el CAPÍTULO XIII del Código, referente al delito de Ultrajes a la Autoridad, y establece: “Se impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa hasta de cuarenta días de salario a quien amenace o agreda a un servidor público en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas.



Entre otros llamamientos, la CNDH pide incluir a los 6 jóvenes en el padrón estatal de víctimas y la reparación del daño; además requiere al Gobernador y a la Fiscalía coadyubar en las denuncias que el órgano presente contra los elementos responsables de las violaciones a los derechos humanos cometidas contra los jóvenes, así como en las quejas que interponga ante la Contraloría y el órgano interno de control de la Fiscalía, respectivamente.

Al respecto, la Ley vigente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos establece que en caso de que las autoridades rechacen o incumplan una recomendación pueden ser citadas por el Senado y, de persistir la negativa sin una fundamentación o motivación, las autoridades pueden ser denunciadas.

En el párrafo segundo del artículo 46, dicho marco normativo marca que, una vez recibida una Recomendación la autoridad o servidor público de que se trate informará, dentro de los quince días hábiles siguientes a su notificación, si la acepta.



“Entregará, en su caso, en otros quince días adicionales, las pruebas correspondientes de que ha cumplido con la Recomendación. Dicho plazo podrá ser ampliado cuando la naturaleza de la Recomendación así lo amerite.”

En cambio, el mismo artículo establece 4 salvedades en caso de que las recomendaciones emitidas por la CNDH no sean aceptadas o cumplidas, determinando que la autoridad o servidor público de que se trate deberá fundar, motivar y hacer pública su negativa, y atender los llamados de la Cámara de Senadores o en sus recesos la Comisión Permanente, a comparecer ante dichos órganos legislativos, a efecto de que expliquen el motivo de su negativa.

En consecuencia, la Comisión Nacional determinará, previa consulta con los órganos legislativos referidos, en su caso, si la fundamentación y motivación presentadas por la autoridad o servidor público que se hubiese negado a aceptar o cumplir las recomendaciones emitidas, son suficientes, y hará saber dicha circunstancia por escrito a la propia autoridad o servidor público y, en su caso, a sus superiores jerárquicos.



“c) Las autoridades o servidores públicos, a quienes se les hubiese notificado la insuficiencia de la fundamentación y motivación de la negativa, informarán dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación del escrito referido en el inciso que antecede, si persisten o no en la posición de no aceptar o no cumplir la recomendación.

“d) Si persiste la negativa, la Comisión Nacional podrá denunciar ante el Ministerio Público o la autoridad administrativa que corresponda a los servidores públicos señalados en la recomendación como responsables”, establece la Ley.

Recomendación está en análisis



Cuestionado sobre el actuar de la CNDH en conferencia de prensa el pasado 4 de enero, el gobernador Cuitláhuac García Jiménez afirmó que responderá en su momento a dicho llamamiento de la CNDH, opinando que todavía no se trata de una recomendación pese a que oficialmente ya fue publicada por el órgano.

“No hay ningún problema, la Comisión debe jugar su papel, aplaudo que esté atenta a todo lo que pasa, en otros estados como Tamaulipas, Jalisco y Zacatecas, también están muy ocupados en estar revisando las actuaciones, sobre todo si hay una presunción de violación a derechos y ése es su papel”.

Además, afirmó que su Gobierno no tiene por qué espantarse, sino que tiene que responder a lo que se le está pidiendo.



“Nosotros vamos a analizar el documento y responderemos en su momento y acataremos lo que nos tenga que decir ese papel, llevamos mucho tiempo para que estén funcionando y qué bueno, sin problema”, sostuvo García Jiménez.

De acuerdo con la CNDH, en las observaciones y análisis de las pruebas sobre la detención, retención ilegal y violación en el derecho de procuración de justicia de los 6 jóvenes xalapeños acusados de ultrajes a la autoridad en Xalapa, también existieron “motivos ocultos” de la Fiscalía General del Estado (FGE) para pedir su vinculación a proceso a un juez de control.



La recomendación 146/2021 del organismo exhibe de forma contundente que policías estatales detuvieron y retuvieron arbitrantemente a los hoy procesados, quienes padecieron la imputación indebida de la Fiscalía por presuntos ultrajes a la autoridad.

Respecto a este caso, que cobró relevancia mediática luego de que el presidente de la Junta de Coordinación Política en el senado Ricardo Monreal Ávila, apeló por la inocencia de los imputados, la propia CNDH señala que el fundamento jurídico en materia penal que fue utilizado para impulsar una medida de prisión preventiva “contiene indicios de inconstitucionalidad” en relación con la tipificación del delito de “ultrajes a la autoridad” en Veracruz.



Tras la polémica generada, el pasado 18 de diciembre un juez federal ordenó la liberación de los jóvenes al concederles un amparo para reponer la audiencia de vinculación, de ahí que actualmente siguen su proceso en libertad tras permanecer en la prisión de Pacho Viejo después de su detención el 3 de septiembre de 2021.