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Sección: Estado de Veracruz

De perder registro, minipartidos locales no podrán participar en comicios de 2024

Según Código Electoral, el partido que lo pierda no puede solicitarlo hasta después de 3 años

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 03/07/2021

alcalorpolitico.com

De perder su registro ante el Organismo Público Local Electoral (OPLE), Unidad Ciudadana (UC), ¡Podemos!, Cardenista (PC) y Todos por Veracruz (TxV) no podrían iniciar nuevamente el proceso para constituirse como partidos políticos estatales en los próximos tres años.

Esto significa que perderían la oportunidad de participar en los comicios de 2024, en los que se renovarán la Gubernatura y el Congreso del Estado.

Cabe recordar que estas cuatro fuerzas partidistas locales están en riesgo de desaparecer al no haber logrado aparentemente el 3 por ciento de votación en la jornada electoral del 6 de junio, requisito indispensable para continuar con un lugar en el Consejo General del OPLE.



El último párrafo del artículo 96 del Código Electoral de Veracruz estipula que “las organizaciones políticas estatales que hayan perdido su registro no podrán solicitar nuevo registro hasta transcurridos tres años, contados a partir de la publicación a que se refiere este Código”.

Por lo que esta prohibición para UC, ¡Podemos!, PC y TxV estaría vigente hasta finales de 2024, es decir, posterior a los comicios para definir al siguiente titular del Ejecutivo veracruzano y los integrantes de la Sexagésima Séptima Legislatura del Estado.

Y es que para crear un nuevo partido, las organizaciones ciudadanas deben iniciar el procedimiento desde el año inmediato anterior al inicio del proceso electoral en el que deseen participar, es decir, en 2022, porque en noviembre de 2023 (de mantenerse vigente la actual normatividad), el Pleno del OPLE deberá dar inicio a los preparativos de las votaciones de junio de 2024.



El artículo 96 del Código electoral también establece que las organizaciones políticas que hayan perdido su registro están obligadas a rendir los informes de gastos de campañas de la última elección en que hayan participado.

Además, estipula que el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano instrumentará un procedimiento de liquidación contable y administrativa del patrimonio adquirido con recursos públicos estatales entregados a las mismas.

El referido numeral las obliga a nombrar un representante como liquidador de sus bienes, el cual se encargará de reintegrar al erario estatal los bienes de cualquier naturaleza y los remanentes que conformen su patrimonio, siempre que lo hayan adquirido con recursos públicos estatales.



“La entrega se hará mediante inventario, el cual contendrá una descripción precisa de los bienes, anexando los comprobantes fiscales. En caso de incumplimiento de lo anterior, se procederá en términos de lo que señala este Código, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda. Lo anterior no aplicará en el caso de fusiones”, se aclara.