De ser acusados de terrorismo como lo anunció el secretario de Gobierno, Rogelio Franco Castan, los detenidos en los saqueos a comercios de los últimos días, responderán por un delito federal que no alcanza fianza y se sanciona con prisión de 15 a 40 años, de acuerdo al Código Penal Federal, imputación que corresponderá hacer a la Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGE).
Sin embargo, especialistas consultados aseguran que será muy difícil configurar ese delito considerado como grave, por lo que sólo podrá acusárseles de los delitos de motín y daños, que pudieran alcanzar fianza.
Lo anterior, se conocerá en las próximas horas, si la Fiscalía General del Estado pone a los detenidos a disposición de la Procuraduría General de la República (PGR).
En el Código Penal Federal, Capítulo VI referente a Terrorismo, se especifica en el artículo 139 que “Se impondrá pena de prisión de quince a cuarenta años y cuatrocientos a mil doscientos días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten:
I. A quien utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radiactivo, material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo, fuente de radiación o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos, o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, intencionalmente realice actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados, o bien, en contra de la integridad física, emocional, o la vida de personas, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o a un particular, u obligar a éste para que tome una determinación”.
Por otra parte y de acuerdo al mismo Código Penal Federal, “se aplicará pena de uno a nueve años de prisión y de cien a trescientos días multa, a quien encubra a un terrorista, teniendo conocimiento de sus actividades o de su identidad.
En el Artículo 139 de ese mismo Código se precisa que: “se aplicará pena de cinco a quince años de prisión y de doscientos a seiscientos días multa al que amenace con cometer el delito de terrorismo a que se refiere el párrafo primero del artículo 139”.
Por cuanto hace al delito de Motín, del cual también se adelantó que se le podría acusar a los vándalos, en el Capítulo IV, Artículo 131 del Código Penal Federal se indica, “Se aplicará la pena de seis meses a siete años de prisión y multa hasta de cinco mil pesos, a quienes para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenacen a la autoridad para intimidarla u obligarla a tomar alguna determinación.
A quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer el delito de motín, se les aplicará la pena de dos a diez años de prisión y multa hasta de quince mil pesos.