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Sección: V?a Correo Electr?nico

Deduce que por ser dueño de un auto 2001, debe pagar tenencia con 0 en total

Sin embargo, no solicitará el formato de “control vehicular” porque equivale a 9 salarios mínimos

12/04/2011

alcalorpolitico.com

Psicólogo Joaquín Rosas Garcés
Director del periódico AL CALOR POLITICO:

Con motivo de la "Tenencia" y por considerar que en mi caso particular no debo pagar este impuesto, dado que el vehículo de mi propiedad es modelo 2001 y han transcurrido 10 años, a más de parecer sorprendente lo elevado del cargo por "DERECHOS 2011" y el cobro de los FOMENTOS a la Educación, motivó al suscrito a formular una solicitud de información a la autoridad correspondiente y quien, como sujeto obligado vía la plataforma de INFOMEX-IVAI, dio respuesta a las inquietudes (de fundamento, etc.).

Dice la Secretaría de Finanzas y Planeación (en su amable respuesta) que el fundamento legal para el pago de tenencia -en mi caso- es la ley derogada de la tenencia federal, en su V precepto en donde señala que debo pagar la tasa CERO. Segundo, para fundamentar el cobro de los DERECHOS dice SEFIPLAN que es el artículo 143 del Código Financiero para el Estado de Veracruz. Igual el 134 para los fomentos.

Pero.... resulta que consultada la página www.cgver.gob.mx se observa que el 143, si bien se refiere a los "DERECHOS POR CONTROL VEHICULAR...", señala el tanto de 5 salarios mínimos (que suman unos $270.00 pesos). En cambio, la emisión de este año (tenencia) en formato para el pago referenciado, dice que son $ 510.30 (como unos 9...?), de manera que si es cierto que el artículo 143 (ver página 59 del citado código cgver.gob.mx) pero por una suma que no corresponde a la de 5 salarios mínimos y considero que no es lo mismo el impuesto (federal) de la TENENCIA O USO DE VEHICULOS al "control vehicular".Por tanto, pedí a la Secretaría que extienda al suscrito el formato para el pago de (mi) TENENCIA (y no así el de los "DERECHOS 2011) de Control Vehicular.

Le saluda

León Ignacio Ruiz Ponce