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Sección: Estado de Veracruz

Descartan recuento de votos en Tlapacoyan y Soledad de Doblado

Sala Regional del Tribunal Electoral federal desechó solicitud de PES, MC y el Verde

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 06/08/2021

alcalorpolitico.com

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no admitió la realización de un recuento de votos y de casillas en los municipios de Tlapacoyan y Soledad de Doblado, solicitado por los partidos Encuentro Solidario y Movimiento Ciudadano y el Verde Ecologista, respectivamente.

En sesión ordinaria de este viernes, la Sala Regional avaló las sentencias del Tribunal Electoral de Veracruz, mismas que a su vez no consideraron procedente realizar nuevos cómputos de los comicios del 6 de junio en las citadas demarcaciones.

En el caso del juicio número JRC-228/2021, el Partido Encuentro Solidario solicitó invalidar la sentencia de 27 de julio del TEV luego que este órgano consideró improcedente la petición de recuento parcial de votos respecto al cómputo local del Consejo Municipal Electoral de Tlapacoyan.



La Sala Regional Xalapa determinó que los argumentos del PES no obedecen a las causales contempladas en la ley local para proceder con un recuento de votos.

“El proyecto señala que no le asiste la razón al actor (el PES), ya que los planteamientos sobre irregularidades en la jornada electoral no se establecen entre las hipótesis que establece la legislación electoral estatal para realizar un recuento en sede judicial".

En un asunto similar, la Sala Regional rechazó la petición del partido Movimiento Ciudadano respecto a un recuento en la elección de Soledad de Doblado.



Al analizar el expediente SX-JRC-229/2021 y sus acumulados 233 y y 1324, la Sala Xalapa expuso que MC, así como el Partido Verde Ecologista de México y la actora Elsa Cruz Mendez Ibarra solicitaron un recuento de los comicios municipales ante el TEV pero no hallaron una resolución a favor de su petición.

Por medio de un nuevo juicio, ahora ante el TEPJF, los tres quejosos impugnaron la sentencia del Tribunal local, sin embargo, la Sala Regional calificó tales argumentos como “inoperantes”, dando la razón al TEV.