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Sección: Estado de Veracruz

Desde 2015, gracias a jurisprudencia, ya se aplica “divorcio exprés” en Veracruz

- Aunque no figura está contemplada en Código Civil, se apela a determinación de Suprema Corte de 2015

- Se debe reformar para homologar con la jurisprudencia: Foro Liberal de Abogados

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 27/06/2019

alcalorpolitico.com

El presidente del Foro Liberal de Abogados llamó a diputados locales y a la Iglesia Católica a no “hacerse bolas” porque el divorcio sin causales, también llamado “divorcio exprés”, pese a que no está contemplado en el Código Civil de Veracruz, en los Juzgados se recurre a esa figura apelando una jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dictada en el año 2015.

Dijo que lo que se debe hacer es reformar los articulo 140 y 141 del Código Civil de Veracruz, con la finalidad de homologarlo con la jurisprudencia.

Manifestó que desde el año 2015 ya se están dictando divorcios favorables sin causales.



Expuso que los ministros resolvieron a favor un juicio de amparo que se promovió en el estado de Morelos en el 2015 y determinaron que el divorcio se debe decretar aún cuando no queden demostradas las causales, ya que se debe tomar en cuenta el derecho fundamental a la dignidad humana.

En ese sentido, dijo que desde ese año, los jueces de Veracruz están otorgando el “divorcio exprés” cuando los solicitantes, a través de sus abogados recurren a esa jurisprudencia.