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Sección: Estado de Veracruz

Desecha TEV queja de Agente Municipal de Xico, inconforme por salario

Se declaró infundado Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 22/05/2020

alcalorpolitico.com


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El Pleno de magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) declaró infundado el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC), presentado por Olegario Tlapa Alarcón, agente municipal de la Congregación de San Marcos del municipio de Xico, que se inconformó por el salario que le fue asignado por el Cabildo.

Durante la segunda sesión virtual del TEV, se dio a conocer que el quejoso argumentó que el 23 de octubre del año pasado le fue asignado un salario pero no es proporcional a las responsabilidades del cargo que desempeña, en comparación con otros cargos administrativos.

En su argumento, el recurrente no consideró la proporcionalidad que implica un balance entre las actividades que realiza con las responsabilidades del personal administrativo del Ayuntamiento, sin embargo, los Magistrados si lo tomaron en cuenta para declarar infundado el JDC.



Los Magistrados electorales consideraron que la remuneración asignada sí es proporcional a las responsabilidades que ejerce el quejoso, pues recodaron que uno de los parámetros que se fijaron para la asignación de salarios a los Agentes y Subagentes Municipales, es que no deben ser mayores a lo que perciben Síndicos y Regidores pero tampoco menor al que se haya estipulado como salario mínimo de conformidad con lo dispuesto en la legislación local.

Incluso, refirieron la Ley Orgánica del Municipio Libre que, en su artículo 115 fracción III, señala que los servidores públicos municipales deberán abstenerse de aceptar o desempeñar dos o más cargos de carácter remunerado.

Sin embargo, esa disposición no aplica a los Agentes y Subagentes Municipales, quienes tienen el derecho a desempeñar otras actividades laborales remuneradas, siempre y cuando no interfieran con sus actividades como servidores públicos auxiliares.