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Sección: Estado de Veracruz

Destitución de Sofía Martínez fue legal; desde agosto no convocaba al Pleno

Magistrada Concepción Flores aseguró que no se podrá tirar la designación de Presidenta Interina

José Topete Xalapa, Ver. 23/10/2020

alcalorpolitico.com

La revocación del cargo de la exmagistrada presidenta, Sofía Martínez Huerta, está apegada a la Ley Orgánica del Poder Judicial, de ahí que la designación de la presidenta interina Isabel Inés Romero Cruz no se revertirá. Al respecto, la magistrada Concepción Flores Saviaga explicó que el pleno procedió conforme al artículo 89 de dicho marco legal.

El artículo establece que el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, en sus ausencias temporales que no excedan de 30 días consecutivos, será sustituido por el Magistrado que él designe “pero si excediere de ese término, la designación del Magistrado Presidente interino la hará el Pleno del Tribunal”.

Flores Saviaga dijo que Martínez Huerta no convocó al Pleno desde agosto pasado, pese a que lo requirieron integrantes del Tribunal, asegurando que las omisiones de la entonces Presidenta comenzaron a generar situaciones “al margen de la Ley”.



La Magistrada recordó que por su cuenta interpuso controversia constitucional con respaldo de otros togados debido a que no se respetaron acuerdos del Pleno y además, ella presentó una queja por las omisiones de Martínez Huerta como Presidenta del Tribunal y del Consejo de la Judicatura.

"Conforme a la Ley, el órgano que debe de conocer de la queja es el Pleno pero como ella lo preside, hay disposición legal para que se excuse, a lo que se negó, así como a darle curso a la queja que presentamos Yolanda Castañeda y Concepción Flores".



“Convocamos a los Magistrados, a todos los integrantes del pleno, para que se llevara a cabo esta sesión precisamente porque es insólito que la Presidenta haya rendido protesta para cumplir y hacer cumplir la Ley y no la cumpla”, añadió Flores Saviaga.

Refirió que este viernes, junto con otros Magistrados Presidentes de Sala, convocaron a una sesión extraordinaria del Tribunal, instancia que hizo uso de su facultad de elegir, revocar y remover al Presidente.

“Acreditando con las pruebas contundentes todas las omisiones que fuimos integrando con actas notariales y fe de hechos de actuarios, que la señora Presidenta creo que ha demostrado que no estuvo a la altura que se requiere para representar una institución (…). Procedimos conforme a Ley a que se procediera a la revocación de su mandato”, planteó.



Subrayó que todo es un procedimiento que está sustentado en lo que establece la Ley Orgánica en el Poder Judicial, considerando que comenzará una nueva etapa en esta instancia.

"En el artículo 89 se establece que puede prácticamente removerse del puesto por incumplimiento de la Ley por determinación del pleno; nosotros justificamos el incumplimiento con pruebas contundentes y por eso se determinó de revocarle el mandato y además constituirnos en órgano electoral y nombrar una nueva presidenta".

“No hay forma (de tumbar el nombramiento), nosotros lo hicimos todo ajustado a Derecho; vigilaremos el actuar de la Presidenta pero hicimos un compromiso de sumarnos a un equipo de trabajo”, añadió.



Consideró que el Poder Judicial debe trabajar en la profesionalización, capacitación técnica y actualizar la administración de justicia digital, aunque sin "descubrir el hilo negro".