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Sección: Estado de Veracruz

Determina Tribunal que FGR continúe el proceso legal contra extitular de CAEV

Estableció que Fiscalía del Estado no tiene competencia en caso por involucrar recursos federales

Rafael Meléndez Terán Xalapa, Ver. 26/07/2019

alcalorpolitico.com

Será la Fiscalía General de República (FGR), y no la Fiscalía General de Estado (FGE), la instancia que dé continuación al proceso legal que se le sigue al exdirector de la Comisión de Agua del Estado de Veracruz (CAEV), Francisco Antonio “N”, después de que el Juzgado de Control de Distrito Judicial de Xalapa se declarara incompetente.

Lo anterior, en cumplimiento a la sentencia dictada en el amparo de revisión 109/2019 del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Distrito, con sede en Boca del Río, promovido por el exservidor público.

El Tribunal establece que la Fiscalía General del Estado (FGE) no tiene competencia para conocer de los recursos federales, mismos que no cuentan con potestad jurídica.



Es decir, sería inútil darle validez a un acto que fue ejercido por autoridades que carecen de atribuciones y facultades legales para hacerlo.

De acuerdo con el funcionario, los recursos desviados por los cuales se le señala de los delitos de peculado, abuso de autoridad, incumplimiento de un deber legal y tráfico de influencias, son provenientes de la Federación, de tal manera que tanto la Fiscalía de Veracruz como el Poder Judicial del Estado no son competentes de conocer este caso.

Como ya se había informado, la resolución del Colegiado establece que este funcionario en el año 2013 transfirió a una cuenta bancaria del Gobierno del Estado, atendiendo oficio del encargado de despacho de la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN), Carlos Aguirre Morales, la cantidad de 220 millones de pesos, recursos que pudieron ser utilizados para un fin diverso al destinado.



Es decir, se debía atender el convenio de coordinación marco que celebra la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) con el Gobierno del Estado para conjuntar recursos e informalizar acciones en materia de infraestructura, y la película de agua potable, alcantarillado y saneamiento así como de cultura del agua correspondían a programas como APAXU, PROXATIS, PLOTAR, PROIM, Agua Limpia y Cultura del Agua, es decir de dos organismos federales, no del Estado, por lo tanto no formaban parte del patrimonio de la CAEV.

Esto significa que no era el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) sino la Auditoría Superior de la Federación (ASF) de la Cámara de Diputados la que tendría autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones de fiscalización.

Una vez dirimida la incompetencia del juzgador local, se procedió a notificar a las partes involucradas para la continuación del proceso legal 56/2017.