Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Dictamen sobre juicio de procedencia contra Omar Cruz, estará listo mañana martes

Es probable que para el próximo jueves 26 se efectúe la sesión extraordinaria en donde se someterá a votación: Hugo Fernández

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 16/03/2015

alcalorpolitico.com

Tentativamente mañana martes a mediodía, la Comisión Instructora del Congreso del Estado tendrá listo el dictamen que determinará si ha lugar al desafuero del alcalde con licencia de Medellín, Omar Cruz Reyes.

El diputado secretario de la referida Comisión, Edgar Hugo Fernández Bernal, dijo que el dictamen será depositado a la Secretaría General y es probable que para el próximo jueves 26 se lleve a cabo la sesión extraordinaria en donde se someterá a votación.

Al alcalde de Medellín, Omar Cruz Reyes, la Fiscalía General del Estado lo responsabiliza como autor intelectual de la desaparición y asesinato del periodista y activista, José Moisés Sánchez Cerezo, por lo que el 26 de enero de este año, solicitó el proceso de juicio de procedencia.

El fiscal general Luis Ángel Bravo Contreras, ese día entregó una caja de plástico que contenían 9 tomos de las pruebas recabadas en torno a una investigación seria, sólida y concreta, que acreditaban la autoría intelectual del inculpado.

Sin embargo, hasta este momento para el diputado panista no hay elementos que demuestren la responsabilidad del Edil.

“La percepción que tengo desde el inicio de este asunto es que fue muy presurosa la averiguación previa, y hasta este momento no encuentro elementos para quitarle el fuero al Alcalde de Medellín”.

Luego de que el miércoles de la semana pasada se desarrollara la audiencia para el desahogo de pruebas y alegatos, la defensa del Edil aportó elementos que demuestran que entre Omar Cruz y José Moisés Sánchez, había una buena relación de amistad.

“Son elementos que hacen ver que no había una animadversión entre ambos personajes. En estos casos hay que buscar que se aplique la justicia, pero no podemos tener un proceso tan atrabancado para poder fincar responsabilidad a alguien; se requiere de una investigación más profunda.

Enlistado el dictamen para la sesión extraordinaria, así como al turno que le corresponda en el orden del día, el presidente de la Mesa Directiva declarará al Pleno que se erige en Jurado de Procedencia, y se procederá conforme a lo siguiente:

La Secretaría de la Mesa Directiva dará lectura al dictamen o una síntesis que contenga los puntos substanciales, y las conclusiones de la Comisión Permanente Instructora; posteriormente, se concederá la palabra al servidor público o a su defensor, hasta por treinta minutos para que replique lo que a sus intereses convenga.

El presidente de la Mesa Directiva solicitará que el servidor público y su defensor se retiren del recinto legislativo; y el Jurado de Procedencia acordará, por el voto de las dos terceras partes del número total de sus integrantes, si ha lugar a proceder penalmente contra el denunciado.

Si el Jurado de Procedencia acuerda que no ha lugar a proceder penalmente, o no se integra la mayoría calificada que exige el numeral anterior para la resolución condenatoria, se ordenará archivar el expediente como asunto totalmente concluido.

Si el Jurado de Procedencia acuerda proceder penalmente, el servidor público será privado del fuero constitucional, y quedará inmediatamente separado de su empleo, cargo o comisión, y sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes.

El Congreso del Estado, a través de la Secretaría General, notificará el acuerdo que contiene la Declaración de Procedencia y la remoción del fuero constitucional mediante oficio al inculpado, al denunciante o querellante y al Ministerio Público quien podrá solicitar las medidas precautorias conducentes, de conformidad con la legislación penal.