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Sección: Estado de Veracruz

DIF de Veracruz busca proteger a niños desamparados con familias de acogida

Se firmará convenio con DIF Nacional; verificarán que familias interesadas cumplan con requisitos

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 16/01/2018

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de homologar criterios para la protección temporal de niños en situación de desamparo, través de la figura de Familia de Acogida, el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Veracruz y el DIF Nacional firmarán un convenio de colaboración.

Con ello, el DIF de Veracruz se compromete a garantizar que las familias interesadas en solicitar la figura de Familia de Acogida cumplan con los requisitos previstos en la normatividad.

En el Diario Oficial de la Federación de este martes se publica el acuerdo que da pie al convenio, mismo que se integra de 12 cláusulas para asesoría en el diseño de lineamientos, modelos de atención, protocolos de actuación y procedimientos de restitución de derechos.



Se establece que la vigencia del Convenio Específico de Colaboración aplicará a partir de la fecha de su firma y hasta el 30 de noviembre de 2018 y se podrá dar por terminado mediante aviso por escrito, con 30 días naturales previos a que surta efectos.

También se compromete guardar confidencialidad estricta, respecto de la información que mutuamente se proporcionen o por aquella a la que tengan acceso con motivo de la ejecución de este instrumento jurídico, de manera especial la clasificada como confidencial o reservada en términos de lo estipulado Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable en la materia, salvo que se cuente con la previa autorización escrita de quien sea responsable de dicha información, debiendo asegurarse que, la información que se proporcione por el personal de cada una de las partes designe, sea manejada bajo estricta confidencialidad.

Las obligaciones previstas permanecerán vigentes y serán exigibles aun en el caso de que las partes dieran por terminado de manera anticipada el presente instrumento jurídico o éste termine su vigencia; y en caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad podrá ser causa de responsabilidad.