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Sección: Estado de Veracruz

DIF nacional seguirá apoyando económicamente a deudos de fallecidos por COVID

A los solicitantes, cumpliendo los lineamientos, se les otorgará 11 mil 460 pesos

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 01/12/2022

alcalorpolitico.com


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El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) continuará otorgando un apoyo económico de 11 mil 460 pesos a los familiares de personas fallecidas a causa de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Cabe mencionar que los lineamientos para otorgar un apoyo económico entraron en vigor el 2 de diciembre 2021 con una vigencia de 6 meses, misma que se entendió renovada por un periodo igual ya que al concluir los primeros 6 meses persistió la emergencia sanitaria.

La entrega de los apoyos fenece este viernes 2 de diciembre, pero debido a que el Consejo de Salubridad General no ha declarado la terminación de la emergencia sanitaria, se deben extender todas aquellas acciones que resulten necesarias para atender dicha emergencia.



Por ello, la medida permanecerá en vigor hasta que la autoridad sanitaria competente declare concluida la emergencia sanitaria, o en su caso, el SNDIF emita un acuerdo de abrogación de esta.

El procedimiento para acceder al apoyo es el mismo, por lo que el solicitante del beneficio debe acceder al portal electrónico del SNDIF, demostrar que es mayor de 18 años y que haya sido del finado cónyuge, concubina o concubino; descendiente en primer grado (hija/hijo, y ascendiente en primer grado (madre/padre).

Para que se otorgue el beneficio se requiere que la persona finada con la que se guardó alguna relación haya fallecido dentro del periodo comprendido del 18 de marzo de 2020 y hasta la fecha que la autoridad sanitaria competente determine como el fin de la emergencia sanitaria por la pandemia SARS-CoV-2.



La relación del solicitante del beneficio con la persona finada tendrá que corroborarse mediante los atestados del registro civil correspondiente, y en el caso de concubinato siempre que se exhiba la resolución judicial o administrativa de la existencia de tal relación.

Y cuando alguna persona, por su condición socioeconómica o por la región o localidad en la que reside no pueda acceder directamente a los medios electrónicos que le den acceso a la plataforma, podrá acudir a la sede más cercana del Sistema Municipal, Local o Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia en donde se le proporcionará el equipo y la asesoría técnica necesaria para el ingreso de su solicitud en la plataforma y consulta del seguimiento o mediante los mecanismos de acompañamiento que para tal efecto se concreten por parte del SNDIF.