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Sección: Estado de Veracruz

Diputados aprueban reforma constitucional para crear Comisión de Atención a Periodistas

- Turnarán documento a los 212 Cabildos; se requiere el voto de al menos 107 para que entre en vigor

- La reforma requirió la aprobación en dos periodos ordinarios; la primera fue el 5 de julio y la segunda este lunes

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 05/11/2012

alcalorpolitico.com


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Por unanimidad, el pleno legislativo aprobó en segunda vuelta la reformaa la Constitución Política de Veracruz para la creación de la Comisión Estatal para la Atencióna Periodistas.

Para que entre en vigor la reforma a la Fracción V al artículo 67 de la Constitución Política de Veracruz, presentada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa, sólo falta la aprobación de 107 Cabildos veracruzanos.

Cabe recordar que por tratarse de una reforma constitucional es necesario aprobarla en dos periodos ordinarios de sesiones del Congreso del Estado, la primera reforma fue aprobada el pasado 5 de julio y la segunda se aprobó hoy, al iniciar el periodo ordinario de sesiones.

Se instruyó a la Secretaría General del Congreso del Estado turnar el documento a los 212 Cabildos para su aprobación, de los cuales se requiere la votación a favor de al menos 107.

La reforma aprobada establece que la función de atender y proteger la integridad de los periodistas, así como de promover las condiciones para el libre ejercicio de la profesión del periodismo, con pleno respeto al derecho a la información y a la libertad de expresión, estará a cargo de la Comisión Estatal para la Atención y Protección a Periodistas, de conformidad con las bases siguientes:

La Comisión estará facultada para:

Resolver sobre la atención y el otorgamiento de medidas de protección a los periodistas que lo soliciten, así como disponer los recursos y apoyos de orden material, económico o funcional que se requieran para la ejecución de sus determinaciones; así como dictar los criterios y lineamientos de orden sustantivo para su efectivo cumplimiento.

Presentar denuncias y quejas ante las instituciones de procuración y administración de justicia, o de defensa de los derechos humanos, cuando la esfera jurídica de los periodistas esté sujeta a amenazas, agresiones o riesgo inminente, como consecuencia del ejercicio de su profesión, y tramitar ante las autoridades competentes la adopción de medidas inmediatas de atención y protección.

La Comisión se integrará por: cuatro periodistas; dos propietarios o directivos de medios de comunicación; dos representantes de organizaciones no gubernamentales y un académico dedicado a tareas de enseñanza, difusión o investigación, quienes tendrán el carácter de comisionados; y un secretario ejecutivo, que participará en las sesiones de la misma con voz pero sin voto, al igual que los titulares de las dependencias responsables de la comunicación social y de la procuración de justicia en la administración pública estatal.

Los comisionados y el secretario ejecutivo serán nombrados por el Congreso del Estado, con el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, a propuesta del Gobernador del Estado, y durarán en su encargo cuatro años con posibilidad de reelección por una sola vez. La ley señalará el procedimiento para la designación del Presidente de la Comisión, así como las atribuciones de éste, de los demás comisionados y del secretario ejecutivo.

En los artículos transitorios señala que el Decreto iniciará su vigencia el día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.

Y que la ley que establezca la organización y funcionamiento de la Comisión Estatal para la Atención y Protección a Periodistas se expedirá en un plazo no mayor a sesenta días, contado a partir del inicio de la vigencia del presente Decreto.

Por única ocasión, el Congreso del Estado, al aprobar por primera vez el nombramiento de los integrantes de la Comisión, señalará también, de entre ellos, a quien ejercerá la Presidencia de la misma.