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Informa el subdirector de Ingresos

El 2 de enero, inicia cobro de predial en Xalapa

No se incrementan impuestos municipales

Xalapa, Ver. 27/12/2008

alcalorpolitico.com

El subdirector de Ingresos Jorge Téllez Girón Alducin, informó que a partir del 2 de enero el Ayuntamiento de Xalapa cobrará el impuesto predial y los derechos de Limpia Pública, como lo establece el Código Hacendario Municipal, los pensionados y adultos mayores se beneficiarán con el 50 por ciento de descuento, el resto de los propietarios con el 20 por ciento.

El funcionario municipal, recordó que en cumplimiento al compromiso del alcalde David Velasco Chedraui, los impuestos municipales no se incrementarán el próximo año y se espera una contribución histórica, reflejo de la confianza de los ciudadanos en el trabajo de la presente administración.

Jorge Téllez Girón Alducín señaló que conforme al padrón catastral en Xalapa existen 126 mil inmuebles, para el 2009 se estima recaudar más de 63 millones de pesos por concepto del predial, que se aplicarán a obras y servicios públicos.

Dijo que para agilizar el pago de los gravámenes, durante los meses de enero y febrero se actualizó el padrón de jubilados, pensionados y adultos mayores, periodo en el que actualizaron sus datos 9 mil 300 personas.

“A las personas que por diversas razones no se incorporaron al padrón correspondiente ni actualizaron sus datos, les recomendamos tener en orden la documentación correspondiente y acudir a partir del 2 de enero al módulo que se instalará en el Palacio Municipal”.

En ese sentido, mencionó que los jubilados y personas de la tercera edad deben presentar original y copia de los siguientes documentos: credencial de elector, la cual debe coincidir con el domicilio de la propiedad a pagar; recibos del impuesto predial y limpia pública del 2008; último recibo de la pensión; credencial vigente que lo acredite como jubilado, pensionado o miembro del Instituto Nacional de Personas Adultas Mayores.

El subdirector de ingresos, puntualizó que en el caso de que la documentación la presente el cónyuge supérsite, debe anexarse la fotocopia del acta de defunción del pensionista o jubilado, así como el acta de matrimonio que ampare la sociedad conyugal.

Si el beneficio es gestionado por la concubina legalmente reconocida, se entregará fotocopia del acta de defunción del pensionista o jubilado y del acta de nacimiento de alguno de los hijos.

Por último, subrayó que el trámite debe realizarlo personalmente el interesado y titular del inmueble, además, las personas mayores de 60 años con credencial del INAPAM, tendrán derecho a obtener el descuento siempre y cuando el inmueble no exceda un valor catastral de 10 mil salarios mínimos, equivalente a 519 mil 500 pesos.