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Sección: Estado de Veracruz

Las palabras de la ley

El INE y el OPLEVER

Salvador Martínez y Martínez Xalapa, Ver. 03/07/2019

alcalorpolitico.com

Cuentan que un profesor muy ilustrado le pidió a un lanchero lo llevara al otro lado del río. En el trayecto, el profesor le hizo notar al lanchero su ignorancia, aseverando que, al no instruirse, había perdido la mitad de su vida. En esas estaban cuando la lancha sufrió un percance y se comenzó a hundir, el lanchero preguntó al ilustrado profesor: “¿Sabe usted nadar?” Y, ante la negativa, agrego: “Entonces, usted ya perdió toda su vida”.

Nos consta que, en la región veracruzana, los más hábiles operadores de los procesos electorales conforme a las leyes, no son los más ilustrados, sino personas sencillas que saben nadar entre tiburones.

Nuestro tema es el Instituto Nacional Electoral y el Organismo Público Electoral Local de Veracruz de Ignacio de La Llave. El asunto se origina en un artículo leído en el Portal alcalorpolitico.com (26/06/2019), cuyo título reza “Restaurar el federalismo en materia electoral, antes de pensar en desmantelar OPLES”. La cuestión es fuerte, ya que, en realidad, no se trata de la oposición gubernamental: federalismo versus centralismo, sino de la oposición de regímenes políticos: estado de derecho versus estado autocrático.



En el artículo leído se percibe un posible trasfondo de manifestaciones autocráticas. Es una necesidad recordarle al órgano revisor de la Constitución Política de México que, en 2014, afectó el principio republicano de gobierno, pues existe un acotamiento material que fue ignorado con desfachatez. El legislador no es omnipotente. La omnipotencia es poder omnímodo (Un poder que lo abarca todo), atributo únicamente de Dios, si hay un Dios.

Los límites constitucionales pueden leerse en el artículo “Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.” Con el propósito de buscar la sencillez de la exposición, desmenuzamos el tema en dos piezas.

A) Apoyados en el libro de Roberto Castellanos Cereceda, La Reforma Electoral de 2014[i], enlistamos a continuación las acciones más importantes que llevó a cabo el INE desde su constitución:



1.- La aprobación y emisión de lineamientos y criterios para que los OPLE homologaran sus operaciones con el INE en asuntos como el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), conteos rápidos y encuestas, entre otros;

2.- La integración de los consejos generales de los OPLE (de 19 entidades federativas en 2014 y de 13 más en 2015);

3.- La apropiación de las funciones de capacitación electoral, ubicación de casillas y designación de funcionarios de Mesa Directiva de casilla que un transitorio del decreto de reforma constitucional había dejado delegadas a los OPLE;



4.- La instalación de casillas únicas en el proceso electoral federal y los 17 procesos locales —la reforma estableció que, en caso de elecciones locales concurrentes con la federal se debe instalar una casilla única para recibir ambas votaciones—.

B) En segundo lugar, si queremos atisbar a lo que se pretende hacer ahora, entonces nos detenemos a pensar en el Organismo Público Local Electoral de Veracruz, [OPLEVER].

1.- El organismo predecesor del OPLEVER fue el Instituto Electoral Veracruzano [IEV] y fue considerado como un Organismo Autónomo del Estado de Veracruz. Hoy, el OPLEVER es una dependencia del INE. Si se revisa la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de La Llave, el OPLEVER no aparece enlistado como Organismo Autónomo del Estado.



2.- El INE nombra a los integrantes de las autoridades electorales locales y también al personal técnico del organismo local. Cabe reconocer que, en una primera ocasión, el nombramiento de los integrantes del Consejo General fue acertado, pues la designación recayó sobre ciudadanos con experiencia electoral y con posgrados, pero pudo no ser así. En cuanto al personal técnico los procedimientos de reclutamiento son sofisticados (que para eso es el servicio profesional electoral), pero se advierte que dicho personal no tendría que ser reclutado en Veracruz necesariamente.

3.- El Estado de Veracruz, como el resto de las 31 entidades federativas, pronto caerán en la cuenta de que no deben llevar sobre sus espaldas la carga económica del OPLEVER y, si tantito nos apuran, tampoco la pesada carga económica de los procesos electorales locales, pues los organiza la Nación (¿?).

4.- El propósito de antaño de poner las elecciones en las manos de los ciudadanos quedó hecho añicos y convertido en un sueño guajiro. No se sabe cómo se desarrolló la expresión “sueño guajiro”, pero la expresión denota algo fantasioso o casi imposible. Un sueño irreal. Alguna vez se quiso hacer realidad el voto ilustrado, hoy se pretende la organización ilustrada de las elecciones.



Ante lo expuesto, señalemos que la federación y todas y cada una de las entidades federativas constituyen ambientes políticos y jurídicos diferentes. Tanto una como las otras dependen de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. O, lo que es igual, las entidades federativas no dependen de la Federación. Nuestro parecer es que la oposición hodierna federalismo vs centralismo implica solamente hacer más grande la cortina de humo que se levantó con la producción de “leyes generales” (ni federales ni locales).

Dados los pertinentes cambios en las fórmulas constitucionales y legales, el régimen federalista como el régimen centralista pueden perfectamente armonizarse con regímenes democráticos. Ciertamente, incomoda que se erijan instituciones centralistas y se siga afirmando que se vive en un régimen federalista, pero eso tiene remedio. Aquello que podría ser muy grave, y, tal vez irremediable, es que, al hacerle boquetes tan grandes al estado de derecho, éste ya no pueda contener, en cierta medida, los embates —las pulsiones— del estado autocrático, dictatorial, autoritario o totalitario.

Sin el ánimo de caer en catastrofismos incendiarios, la lógica de las circunstancias actuales indica que, respecto de los procesos electorales locales, los Organismos Públicos Locales Electorales son innecesarios (Como las patas a las culebras). No nos pronunciamos por una contra-reforma. Pero, si se pretende otra reforma político electoral, entonces que no sea una más, sino una reforma nueva que ponga las elecciones en manos de los ciudadanos y, al mismo tiempo, respete los límites que se desprenden del principio republicano de gobierno.



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