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Sección: Estado de Veracruz

El nuevo poder que detenta la Secretaría particular de la oficina del Gobernador

- Sus atribuciones se ampliaron a partir del 28 de enero del año en curso

- Vigilará que todas las dependencias cumplan acuerdos y compromisos del Ejecutivo

- Todas las dependencias y entidades veracruzanas deberán informarle de cuanto hacen

Agust?n D?az Bravo Xalapa, Ver. 12/03/2013

alcalorpolitico.com

No es circunstancial que el diputado Jorge Carvallo Delfín deje el importante cargo como presidente de la Junta de Coordinación Política en la LXII Legislatura del Estado para convertirse en el secretario particular de Javier Duarte de Ochoa, pues su llegada le permitirá asumir todas las nuevas atribuciones que por Decreto tiene ahora la Oficina del Gobernador, desde donde serán supervisadas y literalmente “vigiladas”• según dice el documento, las responsabilidades de todas las dependencias y entidades del gobierno veracruzano.

En el número extraordinario 034 de la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado, del 28 de enero de 2013, aparece publicado el “Decreto que reforma el Diverso por el que se establecen las funciones de la Oficina del Gobernador”, en el que se leen las nuevas atribuciones de las dos secretarias que la integran: la particular y la privada.

La Secretaría privada tiene su ámbito de acción en tres responsabilidades: Coordinación de atención ciudadana, Coordinación de relaciones públicas y Administración de Casa Veracruz.

Sin embargo, las atribuciones de la Secretaría Particular se despliegan en 8 incisos, en que resaltan tres: primero la Consejería en asuntos legales, en cuyo rubro tiene que analizar y revisar las iniciativas de leyes, proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, convenios, contratos, anexos y todo instrumento jurídico que deba emitir o suscribir al Gobernador.

Las otras dos importantes parecen desprenderse de los incisos d) Coordinación de Supervisión y Control de Gestión y, g) Unidad de Acceso a la Información Pública, a partir de los cuales se modifica el párrafo XV de ese decreto, en el que se establecen las siguientes responsabilidades para la Secretaría Particular:

XV. Supervisar que el cumplimiento de las funciones de la Oficina del Gobernador, por conducto de las áreas que la integran, a fin de verificar que se realice de manera óptima y eficiente, conforme a la legislación y normativa aplicables y en su caso, realizar las acciones de control e inspección que se requieran para tal efecto

“así como dar seguimiento y vigilar que las dependencias y entidades competentes, den cumplimiento a los acuerdos y compromisos adquiridos directamente por el Gobernador en audiencia, con los sectores público, social y privado, naciones e internacionales”.

En el Artículo 5 se deja perfectamente claro que “Los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, serán responsables de que la Oficina del Gobernador, cuente oportunamente con la información y el apoyo necesario para el eficaz cumplimiento de sus funciones”.

Este decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación, pero tras el breve lapso en que el licenciado Antonio Nemi Dib estuvo en la Secretaría particular, corresponderá a Jorge Carvallo Delfín dar cumplimiento a éstas y otras atribuciones que le corresponden como: Coordinación de agenda, Coordinación de acción social y giras, Unidad administrativa, Área del apoyo del C. Secretario y Unidad de Género.