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El perdón a Ramírez Cabañas, similar al de Dante Delgado

Tribunal Fiscal anuló la sanción que lo inhabilitaba por 10 años, porque consideró ilegal el procedimiento No se dijo si es culpable o inocente de los cargos que le imputa la Secretaría de la Función Pública El candidato de la Coalición Fidelidad por Veracruz a la alcaldía de Coatepec, causó detrimento a las arcas de la nación, dice la autoridad que lo acusa

Lupita L?pez Xalapa, Ver. 25/08/2007

alcalorpolitico.com

Únicamente por vicios en el procedimiento el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa declaró la nulidad de la resolución dictada por la Secretaría de la Función Pública por la cual había inhabilitado por el término de 10 años para desempeñar empleos, cargo o comisiones en el servicio público, a Sergio Joaquín Ramírez Cabañas Contreras, candidato de la Coalición Fidelidad por Veracruz a la alcaldía de Coatepec, a quien también le impuso una sanción económica de casi un millón de pesos.

Es decir, la Primera Sala Regional Metropolitana de dicho Tribunal, no entró a estudiar el fondo del asunto, o sea que no le correspondió determinar si Ramírez Cabañas fue responsable o no de las irregularidades que le atribuyeron la Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de la Función Pública durante su desempeño en la Sedesol, sino que solamente resolvió que no se cumplió con el principio de legalidad establecido en la Constitución en el procedimiento que se le instruyó.

La autoridad fiscal declaró la nulidad de la citada resolución por ser “fruto de actos viciados de origen, toda vez que emanan de un reporte de Auditoria emitido por una autoridad incompetente”. En los resultados de dicha auditoria se sustentó la sanción impuesta a Ramírez Cabañas, por lo cual fue anulada.

La autoridad incompetente a que alude la sentencia del Tribunal es la Dirección de Auditoria a Oficinas Centrales de la Sedesol, la cual no existe en el organigrama de dicha Secretaría y por lo tanto resulta incompetente.

No obstante, la Secretaría de la Función Pública, sostuvo que “quedó debidamente acreditada la responsabilidad administrativa del C. Sergio Joaquín Ramírez Cabañas Contreras, al no cumplir con la máxima diligencia y honradez el servicio que le fue encomendado, en el desempeño de su encargo, contraviniendo los principios de eficiencia e imparcialidad a que todo servidor público está obligado en términos del artículo 47 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores, por lo que se hace acreedor a la imposición de una sanción, para cuya determinación e individualización se toma en cuenta los elementos de juicio previstos en el artículo 54 del ordenamiento legal invocado, como son: la gravedad de la infracción en que incurrió el servidor público, misma que deviene en virtud de que con su conducta afectó el servicio público que prestaba a la Secretaría de Desarrollo Social, además de que causó un detrimento a las arcas de la Nación, mismo que fue detectado a través de la auditoria No. 58/00 practicada a la Dirección General de Evaluación y Seguimiento de la Sedesol”.

Por todo lo anterior puede deducirse que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa no declara culpable o inocente al actual candidato de la Coalición Fidelidad por Veracruz a la alcaldía de Coatepec, de las irregularidades administrativas que le atribuye la Secretaría de la Función Pública, caso similar al del ex gobernador Dante Delgado Rannauro, a quien la Suprema Corte de Justicia de la Nación le otorgó el amparo debido a que el delito de peculado del cual se le acusaba, ya había prescrito, pero no lo declaró culpable o inocente de los cargos.