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Sección: V?a Correo Electr?nico

El SETSUV no está ofertando, ni “convocando” a una selección de empleo, aclara

Se limita a cumplir con una obligación protegida y regulada constitucionalmente; es falso que los trabajadores del Sindicato generen caos

01/09/2012

alcalorpolitico.com

Señor Director de alcalorpolitico.com

Respuesta a la nota “Reporta que SETSUV lanzó convocatoria de empleo y hay una larga fila esperando”

En ejercicio del derecho de réplica, en relación a la nota publicada bajo el título “Reporta que SETSUV lanzó convocatoria de empleo y hay una larga fila esperando”, es oportuno hacer del conocimiento de quien la emitió, que constitucionalmente el “trabajo” es un derecho y un deber social, cuyas prerrogativas fueron elevados a la categoría de Garantías Individuales (artículo 5 de la Constitución) y particularmente como una Garantía Social (artículo 123 de la Constitución) y su espíritu está plasmado en el artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo que dice: “Artículo 3o.- El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia”.

Por lo tanto, el Sindicato Estatal de Trabajadores al Servicio de la Universidad Veracruzana SETSUV por sus siglas, no está ofertando, ni “convocando” a una selección de empleo, está cumpliendo con una obligación protegida y regulada Constitucionalmente, que como bien lo establece la Ley Federal del Trabajo “exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta”.

También como trabajadores y en atención a la fracción XVI del apartado “A” del artículo 123 de nuestra Constitución, uno de nuestros derechos es: “XVI. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc.”, por ello, quienes nos representan, están obligados a llevar a cabo cualquier acto que legalmente esté permitido en defensa de los intereses de sus agremiados.

Además, efectivamente en el Sindicato existen trabajadores que tienen la categoría de “afanadores”, -quienes según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua, visible en la página www.rae.es son las personas que en los establecimientos públicos se emplean en las faenas de limpieza-, merecen respeto a su dignidad porque forman parte de un equipo de trabajo que permite que aquellos que tuvieron la oportunidad de ser profesionistas realicen su cometido con toda la profesionalización debida; por lo tanto sin ellos, su trabajo se vería desmerecido, además de que el comentario de usted, viola los principios de la garantía de igualdad prevista en el párrafo final del artículo 1 de nuestra Carta Magna que reza: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

Por último, es falso que los trabajadores del SETSUV generen caos, desorden y anarquía en defensa de sus intereses, porque de ser esto así, las autoridades en ejercicio de sus funciones procederían en consecuencia y hasta la fecha en más de cuarenta años no se ha sabido de que algún compañero del sindicato haya sido detenido o procesado por violentar el Estado de Derecho.

Es por ello que exhorto a quien emitió la nota que por este medio de réplica, que antes de emitir juicios de valor peyorativos en contra de un Sindicato legalmente constituido y digno, y en contra de sus agremiados, lea y estudie porque la ignorancia nos hace viles y soeces en ocasiones.

Atentamente

Licenciado Rogelio Contreras Montano

Número de Personal (…)

“Por la unidad y superación de la clase trabajadora”