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Sección: Estado de Veracruz

El TRIFE revoca al TEEV sentencias de regidurías únicas en Tenampa, Ixcatepec y Coetzala

Confirmó triunfos del PRI en Fortín, Córdoba y Coatzacoalcos y la asignación de regidores en los municipios de Cosamaloapan, Cerro Azul y Tatatila

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 08/12/2010

alcalorpolitico.com

El pleno de la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz (TEEV), respecto a la asignación de regidurías únicas en los municipios de Tenampa, Ixcatepec y Coetzala.

Y por otra parte, confirmó las sentencias del TEEV respecto al otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de la coalición “Veracruz para Adelante” en los municipios de Fortín de las Flores, Córdoba y Coatzacoalcos; además de la asignación de regidores en los municipios de Cosamaloapan, Cerro Azul y Tatatila.

Ante la impugnación del PAN, PRI y PRD, que cuestionaron las determinaciones del Tribunal Electoral local por medio de las cuales se les revocaron las constancias de asignación originalmente entregadas por los Consejos Municipales de Tenampa, Ixcatepec y Coetzala, respectivamente, para ser entregadas a otros partidos.

Los partidos argumentaron, en respectivos juicios, la indebida aplicación de la fórmula prevista en el artículo 249, fracción I, del Código Electoral del Estado de Veracruz, ya que el Tribunal local consideró como “partido mayoritario” a las coaliciones que resultaron ganadoras por el principio de mayoría relativa, lo cual es una violación a las reglas especiales para la integración de ayuntamientos de regiduría única, previstas en los artículos 16, 247, 248 y 249 del citado Código, así como a las finalidades inherentes al principio de representación proporcional.

Las Magistradas Claudia Pastor Badilla, presidente, Yolli García Alvarez y Judith Yolanda Muñoz Tagle, determinaron que le asistía la razón al PAN, PRI y PRD, ya que el TEEV actuó incorrectamente al considerar que, tratándose de municipios de regiduría única, debe excluirse de la repartición por el principio de representación proporcional a todos los partidos de la coalición triunfadora, cuando tal situación, sólo debe aplicarse al partido integrante de la misma con mayor número de votos.

En la asignación de regidurías únicas sólo deben participar todos los partidos que por mayoría relativa no han alcanzado la representación, siempre y cuando reúnan los requisitos de porcentaje que fija la norma para tal efecto. Por lo anterior, y en plenitud de jurisdicción, el pleno de la Sala determinó otorgar la regiduría única en Tenampa y Coetzala al PRI y en Ixcatepec al Partido Nueva Alianza.