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Sección: Estado de Veracruz

Emite OPLE medidas de protección a Exalcaldesa y Exregidora de Córdoba

Fue por violencia política en razón de género por parte del empresario José Avella García

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 13/01/2022

alcalorpolitico.com

La Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Organismo Público Local Electoral (OPLE) emitió medidas de protección a favor de Olga Leticia Luz López, exregidora séptima suplente del Ayuntamiento de Córdoba 2018/2021, por violencia política en razón de género en la que incurrió el empresario cordobés José Avella García.

Además, se vinculó a Leticia López Landero, exalcaldesa de Córdoba, para que se ratifiquen las medidas cautelares impuestas a su favor, por su calidad de víctima ante el nexo de consanguinidad con la Exregidora suplente.

Ambas ediles presentaron una queja el 31 de diciembre de 2021 ante la Secretaría Ejecutiva del OPLE que quedó radicada con el expediente CG/SE/PES/OLLL/885//2021.



Cabe señalar que José Avella García se encuentra inscrito en los Registros Nacional y Local de Personas Sancionadas por Violencia Política en Razón de Género y pese a ello, sigue incurriendo en esa conducta.

En la denuncia alegaron violencia política en razón de género con motivo de la violencia psicológica que se deriva por los pronunciamientos de José Avella García y el medio de comunicación “Cultura es lo Nuestro A.C” en su emisión del 10 de diciembre de 2021, cuya emisión se encuentra cargada en la red social Facebook.

Se ordenó al empresario y al medio de comunicación se abstengan de realizar señalamientos que refieran insultos, humillaciones, denigración, marginación, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación, presión, persecución, hostigamiento, acoso, coacción, acoso, discriminación y amenazas.



También señalamientos que anulen o menoscaben el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una mujer, o el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes o cualquier otro que tenga como consecuencia violencia política en razón de género en contra de Olga Leticia Luz López.

Además, se deberá modificar, eliminar o retirar de Facebook la liga electrónica que hace referencia a esos señalamientos.

A ambos responsables se les ordena que en sus publicaciones incorporen la perspectiva de género y se evite un uso sexista del lenguaje, reproducir estereotipos o violencia por razones de género.



La sentencia vincula al Instituto Veracruzano de la Mujer para que brinde asesoramiento y acompañamiento a Leticia López Landero y a Olga Leticia Luz López y establecer una comunicación constante con ambas e informar sobre las acciones tomadas.