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Sección: Estado de Veracruz

Emite Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción nuevo estatuto interno

Ahora, Unidad de Asuntos Jurídicos tendrá las atribuciones necesarias para dotarla de certeza jurídica en su actuación

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 04/10/2019

alcalorpolitico.com

La Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción emitió un nuevo Estatuto Orgánico para dotarla de seguridad y certeza jurídica a las actuaciones y a los entes que componen el SEA en las relaciones que guarden con el organismo.

“Este nuevo Estatuto se ajusta plenamente a la legislación vigente y no trasgrede ni configura antinomia alguna entre la Ley”, dijo Carlos Quiroz Sánchez, secretario técnico de la Secretaría Ejecutiva del SEA.

Con la entrada en vigor del Estatuto Orgánico, las adecuaciones a los Manuales de Organización y Procedimientos de la Secretaría Ejecutiva que sean necesarias, deberán realizarse en un plazo que no exceda de 60 días, debiendo hacer del conocimiento de aquellas a la Secretaría de Finanzas y Planeación para lo que corresponda.



Mientras que las atribuciones encomendadas a la Unidad de Transparencia, en cuanto hacen a la conservación de información, seguirán siendo realizadas por esta Unidad, hasta que existan condiciones presupuestarias favorables para la debida integración de las áreas que componen el Sistema Institucional de Archivos.

Los procedimientos, trámites, acciones y compromisos iniciados ante las instancias, instituciones u organismos, que conforme a la expedición del presente Estatuto hayan modificado su nomenclatura o naturaleza jurídica, serán continuados ante las unidades administrativas que realicen las funciones sustantivas que correspondan, según el caso en concreto; para lo cual, deberán atender a su nueva denominación, sin que dicha condición altere, modifique, afecte o invalide el curso o la existencia de aquellos.

Detalló que se precisaron las atribuciones de la Unidad de Asuntos Jurídicos para ampliar su competencia a aspectos contenciosos.



Lo anterior en la inteligencia de que la Secretaría Ejecutiva no se encuentra sectorizada y, por ende, hace necesario que su Unidad de Asuntos Jurídicos se encuentre plenamente dotada de las atribuciones correspondientes; además de otorgarle facultades en materia de rescisiones administrativas, entre otras.

En el mismo contexto de la legalidad, a la Unidad Administrativa se le brinda certeza en lo relativo a sus obligaciones en materia de adquisiciones; y a la Unidad de Vinculación Interinstitucional se le confiere la atribución de dar seguimiento a la ejecución de los convenios que se firmen desde el Sistema Estatal Anticorrupción, sin importar que los mismos sean firmados por el Secretario Ejecutivo o el Comité Coordinador, esta medida abonará a una vinculación más eficaz con la sociedad civil y el sector público.

Además, se añadió una fracción que instruye el fomento a la vinculación con los sectores públicos y privados. Se describe cuál es el objeto de la Unidad de Transparencia, pues en el Estatuto anterior no existía dicha descripción. Este nuevo Estatuto contempla lo relativo a la Unidad de Género, entidad administrativa que ya opera en la Secretaría Ejecutiva, pero que no tiene asidero jurídico en sus funciones por no estar contemplado en el marco normativo de la Secretaría Ejecutiva; es por ello que se añade en el capítulo respectivo dicha unidad, con la definición y atribuciones correspondientes a fin de atender la omisión que se dio en el Estatuto original.