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Sección: Estado de Veracruz

Emite TEV medidas de protección para Regidora de Altotonga y Síndica de Lerdo

- Ediles denunciaron violencia política en razón de género y obstaculización al ejercicio de sus funciones

- Tribunal ordena a Alcaldes y otros ediles de ambos municipios acatarlas

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 06/01/2021

alcalorpolitico.com

El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) emitió medidas de protección a favor de la regidora quinta de Altotonga, María Elena Ballazar Pablo y de la síndica única de Lerdo de Tejada, Grecia Nataly Alvarado González, derivadas de la posible violencia política de género en su contra y obstaculización en el ejercicio de sus funciones.

Mediante acuerdo del Pleno, vincularon a la Secretaría de Gobierno (SEGOB), Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGE), Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Veracruz, Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM), Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y Secretaría de Seguridad Pública (SSP), para que realicen acciones en favor de dichas ediles.

En ese sentido, se estableció que la CEDH deberá desplegar todas las acciones necesarias a fin de salvaguardar el derecho humano que pudiera ser violentado de las actoras.



Por cuanto hace a las demás autoridades, éstas deberán realizar acciones que sean necesarias de acompañamiento y salvaguarda de los derechos de las promoventes para inhibir las conductas que lesionan sus derechos de ejercicio del cargo como Regidora Quinta de Altotonga y Síndica Única de Lerdo de Tejada, respectivamente.

Se estableció que el propósito de las medidas cautelares, “es neutralizar la o las personas agresoras para que cesen cualquier posible conducta dirigida a menoscabar la personalidad jurídica y seguridad física y personal” de las afectadas.

En el primer caso, la Regidora de Altotonga presentó un juicio para la protección de los derechos político-electorales en contra del Alcalde, Síndica, Regidores primero, segunda, tercero y cuarto, el Secretario y la Tesorera, por presuntos actos y omisiones, la indebida forma de convocarla para celebrar diversas sesiones de Cabildo, lo cual presuntamente obstruye o impide desarrollar las funciones y actividades conforme lo establece la norma.



Los integrantes del Tribunal ordenaron a las autoridades y funcionarios del Ayuntamiento de Altotonga a abstenerse de realizar cualquiera de los actos relacionados con la obstaculización del cargo de la edil, agresiones de cualquier tipo (burla), así como cualquier conducta dirigida a menoscabar sus funciones edilicias.

En la denuncia de la Síndica de Lerdo de Tejada, ella acusó violencia política en razón de género por parte del Presidente, Secretario, Tesorero, titular del Órgano de Control Interno y director de Obras Públicas, por la conducta omisa de dar contestación a sus peticiones.

Por ello, el TEV resolvió emitir medidas de protección, a fin de salvaguardar la integridad física de la servidora pública, ante eventuales actos que pudiesen resultar lesivos de sus derechos humanos.



Los togados ordenaron al Alcalde de esa demarcación y demás funcionarios abstenerse de realizar cualquier acto u omisión que tenga como consecuencia la obstaculización del pleno ejercicio de su cargo y además, proporcionar cualquier información solicitada por ella y el material indispensable para la correcta labor de su investidura.