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Sección: Estado de Veracruz

Emiten reglamento para el Instituto Municipal de las Mujeres de Alpatláhuac

- Tiene por objeto regular y estructurar el funcionamiento del instituto

- Su presupuesto no podrá ser menor al 3% del establecido en su Ley de Ingresos

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 26/06/2019

alcalorpolitico.com

El Ayuntamiento de Alpatláhuac emitió el Reglamento Interno del Instituto Municipal de las Mujeres, en el cual se comprometió a asignar un presupuesto para su operación que no podrá ser menor al 3% del establecido en su Ley de Ingresos.

Debido a que ha transcurrido el primer semestre del año, el recurso que se asignará al Instituto será proporcional a su fecha de creación; sin embargo, para el ejercicio fiscal 2020 quedará establecido el 3% en el presupuesto anual de egresos.

Además, el Instituto deberá contar con un espacio digno dentro del inmueble que alberga al Ayuntamiento, con la finalidad de que impulse y apoye la aplicación de las políticas, estrategias y acciones, dirigidas al desarrollo de las mujeres del municipio, a fin de lograr su plena participación en los ámbitos económico, político, social, cultural, laboral y educativo, para mejorar su condición social en un marco de equidad entre los géneros.



El Reglamento tiene por objeto regular y estructurar el funcionamiento del Instituto Municipal de las Mujeres de Alpatláhuac, tanto en sus objetivos, atribuciones, régimen interior y en sus relaciones con las diversas personas jurídicas de carácter público o privado.

La Dirección del Instituto estará a cargo de una directora general, la cual será nombrada por el Presidente Municipal, con autorización del Cabildo y durará en su cargo el periodo coincidente con cada administración pública municipal.

Para ser Directora General del Instituto se deberán reunir, además de los requisitos que señala la Ley Orgánica del Municipio Libre, los siguientes: ser vecina del municipio, en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; contar con título profesional expedido por autoridad o Institución legalmente facultado para ello; tener un modo honesto de vivir; no tener antecedentes penales por la comisión de delitos realizados con dolo; y preferentemente contar con formación en género.



El Instituto contará para su vigilancia, control y evaluación, con una Contraloría Interna, designado por el Ayuntamiento, compuesto por el Presidente Municipal, Síndico (a), edil encargado de la Comisión de Igualdad de Género, un representante del área académica, un representante del área de salud y un ciudadano (a) honorable.