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Sección: Estado de Veracruz

En Boca del Río, protestas tendrán que reportarse con 48 horas de anticipación

- También queda prohibido el consumo de alcohol cerca de parques o avenidas principales, a cualquier hora del día

- Este miércoles se publicaron en la Gaceta cambios oficiales al Bando de Policía y Buen Gobierno del municipio

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 01/08/2018

alcalorpolitico.com

El ayuntamiento de Boca del Río prohibió el consumo de bebidas embriagantes a cualquier hora del día en un radio de treinta metros alrededor de lugares públicos, tales como parques, jardines y avenidas de alta concentración vehicular.

Además, prohibió el ambulantaje y las manifestaciones que no se reporten al Ayuntamiento con 48 horas de anticipación; respetando que aparatos de sonido utilizados no rebasen los 65 decibeles, tal como lo reconoce la Norma Oficial NOM-081-SEMARNAT-1994.

En el Bando de Policía y Buen Gobierno para el municipio de Boca del Río, publicado en la Gaceta Oficial del Estado, se establecen sanciones por el incumplimiento a las disposiciones, que van desde una amonestación con apercibimiento, multa de 2 a 3 mil UMA's diarios, con la excepción de la disposición contenida en el artículo 21 de la Constitución federal; revocación de permisos, la autorización, la cédula de empadronamiento o la licencia respectiva, clausuras, retención de mercancías, instrumentos u objetos materia de la infracción, demolición de construcciones e incluso arresto hasta por 36 horas.



A partir de este miércoles en el municipio de Boca del Río queda prohibido, entre otras disposiciones, alterar la tranquilidad y el orden en cualquier lugar y circunstancia dentro del territorio municipal.

Ingerir bebidas alcohólicas en parques, jardines o áreas públicas, excepto en el caso de permisos previamente otorgados por escrito por la autoridad municipal y en las fechas de las festividades de Semana Santa, Carnaval, fiestas patronales de Santa Ana, los días 15 y 16 de septiembre; así como de las 21:00 horas del 31 de diciembre hasta las 11:00 horas del día 1 de enero y demás fechas que el Ayuntamiento acuerde, reservándose en todo momento la facultad de revocar dichas autorizaciones por causas de seguridad y orden público.

Otras de las prohibiciones que establece el nuevo Bando de Policía y Buen Gobierno de esa demarcación es la de solicitar falsamente, por cualquier medio, los servicios de la Policía, Bomberos, Cruz Roja, rescate y primeros auxilios y organismos similares e inducir, acompañar o enviar a menores de edad o a personas que pertenezcan a grupos vulnerables para que soliciten dádivas o dinero en la vía pública.

También queda prohibido obstruir por cualquier medio o a través de cualquier objeto, en forma parcial o total, la libre circulación peatonal y vehicular en las vialidades y demás áreas y espacios pertenecientes al municipio. Sólo mediante permiso por escrito de la autoridad municipal competente podrán ejecutarse obras o celebrarse eventos que obstruyan total o parcialmente dichos lugares, siempre que no se afecte el orden, la seguridad pública y el interés colectivo y en el caso de las vialidades, con excepción de aquellas consideradas de alta circulación vehicular, en cuyo caso se negará la autorización.