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Sección: Estado de Veracruz

Estados deben abstenerse de celebrar contratos con la empresa Odebrecht: SFP

- Dicha constructora tiene una inhabilitación por 3 años

- Los contratos que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 26/04/2019

alcalorpolitico.com

La Secretaría de la Función Pública notificó a las entidades federativas y municipios del país que deben abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno con la empresa “Constructora Norberto Odebrecht S.A.”, por tener una inhabilitación de tres años.

La inhabilitación se extiende a los procedimientos de contratación de todas las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Fiscalía General de la República, a las Empresas Productivas del Estado y sus Empresas Productivas Subsidiarias; las Entidades Federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como las Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federa.

Los contratos que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente notificación.



Una vez transcurrido el plazo de los 3 años, concluirán los efectos de la inhabilitación, sin que sea necesario algún otro comunicado.

Lo anterior se derivó de la Resolución contenida en el oficio UR-DPTI-AR-213-2019, dictada el 12 de abril de 2019, dentro del expediente PTRI-S-002/2018, mediante la cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción a licitantes proveedores y contratistas incoado a la empresa “Constructora Norberto Odebrecht, S.A.”, hace de su conocimiento que a partir del día siguiente en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno, con dicha persona moral, por encontrarse inhabilitada temporalmente por el plazo de 3 años.