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Asegura su pensi?n

Gana Remes Ojeda juicio contra la nueva ley del ISSSTE

- Dice que si no la acata el Director General “podría ser deshabilitado” - El diputado fue más allá al asegurar que puede ser acusado de abuso de autoridad

Alicia Aguilar Guevara Xalapa, Ver. 13/07/2009

alcalorpolitico.com

Ante el Amparo que interpusiera el diputado local Jesús Remes Ojeda en contra de la Nueva Ley del ISSSTE 2007, en el que el juez emitió un fallo a su favor con respecto a su pensión, y ante la negativa de Miguel Ángel Yunes Linares, director de este organismo, de acatarse a esta sentencia, este podría ser deshabilitado de su cargo e incluso acusado de abuso de autoridad por parte del Juez competente.

En entrevista, el diputado Antonio de Jesús Remes Ojeda, empleado del Sistema de Tecnológicos, explicó que se amparó contra la nueva Ley del ISSSTE, luego de que se violaran sus garantías y derechos Constitucionales de Libertad Laboral, Legalidad y Seguridad Jurídica, puesto que como trabajador se encuentra dentro de los supuestos de la norma anterior correspondiente a la Ley del Issste de 1983.

“Este amparo se presentó en un juicio a la violación de las garantías de la libertad laboral de un servidor, hasta hace 2 años presenté una denuncia sobre mi pensión en la cual me favorece la corte a partir del 17 de marzo de 2009”.

Dijo que la sentencia de este juicio de amparo tiene como efectos que le permitan seguir gozando de los servicios del Issste, y que se quede con el sueldo de su último puesto, no importando el tiempo que se desempeñó en él, “para ello el director del Issste debió haber comunicado esta determinación a las clínicas, presentando el nombre del quejoso”.

“El juez (del Juzgado Segundo de Distrito Auxiliar con competencia y jurisdicción en toda la república y residencia en el DF), lo ha apercibido dos veces pero en esta ocasión si no se presentó lo pueden inhabilitar o desacatar, incluso por la fuerza. Aquí se le consignaría al juez competente”.

Remes Ojeda dijo que en la sentencia emitida por el Juez el 3 de junio, se requiere al director General del Issste (Yunes Linares), dar cumplimiento al mandato legal, en términos del artículo 105 de la Ley de Amparo, y el 30 de Junio se acordó que desde el 2 de Junio este no ha presentado oficio en donde se haya cumplido cabalmente la Ejecución de la Sentencia de Amparo.

Por lo que se Apercibe en términos del artículo 107 fracción XVI Constitucional, imponer responsabilidad, separarlo de su cargo y consignarlo al juez competente por abuso de autoridad, esto según el Artículo 208 de la Ley de Amparo y el artículo 105 segundo párrafo, según mandato de la Suprema Corte de Justicia.

“Hay muchos que empezamos nuestra lucha hace años, pero en los dos últimos años, lo hice de manera individual, aquí esta la sentencia, el día que me vaya quiero que mi esposa perciba el 100%, con esto hago la invitación para otros trabajadores para que puedan gozar de esto.