Debido a que aún prevalece la contingencia sanitaria a causa del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), el Instituto de Pensiones del Estado (IPE) habilitó ocho módulos virtuales para el primer periodo de la Revista de Supervivencia 2021 mediante videollamadas vía
WhatsApp.
Desde ayer lunes y hasta el 15 de mayo, estará funcionando esa aplicación virtual para que los 31 mil 718 pensionistas acrediten seguir con vida y puedan continuar percibiendo el pago de su pensión.
Se estima la atención de mil 150 videollamadas diarias en los módulos virtuales que darán servicio de lunes a viernes, en horario de las 8 de la mañana a las 8 de la noche.
La atención de las videollamadas será de acuerdo con el día y hora en las que fueron agendadas durante el periodo del 1º de marzo al 2 de abril, sin embargo, los pensionistas que aún no lo han hecho podrán agendar sus citas al número telefónico 228 141 05 00 extensión 1118 y 1029, en horario de las 8 de la mañana a las 3 de la tarde, de lunes a viernes.
Aunque también está disponible la modalidad presencial, correo postal o paquetería.
Para ello, se instaló un módulo fijo en las Oficinas Centrales, donde los nuevos pensionistas podrán acudir a darse de alta y tomar los datos faltantes en el Sistema Integral Gerencial (captura de firma, huella, foto y expedición de credencial de pensionista).
Así como aquellos pensionados/as que se les facilite más o por alguna otra razón no le sea posible agenciar su cita por videollamada, puedan acreditar su supervivencia de manera presencial.
Cabe mencionar que cuando el pensionista sea menor de edad o incapacitado y requiera de tutor o representante legal, ambos deberán acreditar la Revista de Supervivencia.
Asimismo, hasta el 15 de mayo el pensionista podrá enviar al IPE por correo postal o paquetería, según sea el caso, la siguiente documentación en original:
En caso de enfermedad: Certificado médico expedido por alguno de los Servicios de Salud públicos (IMSS, ISSSTE, SSA, DIF, PEMEX, INSABI y SEMAR-SEDENA).
En caso de que el pensionista se encuentre en otra entidad federativa: Constancia de fe de hechos o información testimonial expedida por notario público.
En caso de que el pensionista se encuentre en el extranjero: Constancia expedida por Consulado o Embajada de los Estados Unidos Mexicanos, en el país de residencia.
La fecha de expedición de dichos documentos deberá estar dentro del periodo de Revista de Supervivencia y deberán ser emitidos en hoja membretada, contar con sello oficial y firma autógrafa del responsable o autoridad de la dependencia que lo emita.