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Sección: Estado de Veracruz

IEV declara infundada la queja contra Américo por actos anticipados de campaña

El consejero Gudini dijo que los espectaculares no constituyen una acción para promover la imagen de una persona en particular

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 27/01/2013

alcalorpolitico.com

La Comisión de Quejas del Instituto Electoral Veracruzano declaró infundada la queja interpuesta por la ciudadana Luz Graciela Marcelo Rosales en contra de Américo Zúñiga Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, por presuntos actos anticipados de precampaña.

El consejero electoral y presidente de la referida Comisión, Jacobo Alejandro Domínguez Gudini, aseveró que después de una investigación exhaustiva de la queja, no se encontraron elementos suficientes para acreditar actos anticipados de precampaña.

Aunque la quejosa está en la completa libertad de interponer el medio de impugnación ante el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz.
Y aseguró que los ciudadanos deben tener la garantía de que el Consejo General del IEV actuará con estricto apego a la legalidad y cada vez que se reciba una queja se dará el debido seguimiento.

Para demostrar un acto anticipado de precampaña se debe tener el debido fundamento jurídico y en esta caso en particular no hay un llamado expreso al voto.

Del estudio general se desprende que no hay elementos para vincular la culpabilidad de Américo Zúñiga Martínez, “es decir, de momento no hay los elementos para señalar actos anticipados de precampaña”.

En caso de que el actual diputado local pudiera registrar su candidatura a la alcaldía de Xalapa, Domínguez Gudini dijo que es un asunto que se discutiría en su momento y se harían los planteamientos jurídicos necesarios.

Los actos anticipados de precampaña deben tener un debido sustento jurídico, es decir, no se puede solamente a priori, por ver un espectacular o una imagen, hablar de que se trata de un acto anticipado de precampaña o campaña.

Al cuestionarle que si en la queja en contra de Américo Zúñiga Martínez, faltaron más elementos para demostrar un acto anticipado de precampaña, respondió:

“Yo no puedo opinar sobre la actuación jurídica de las personas que realizan un determinado acto, ellos alegaron lo que a su derecho convenga y mi función es resolver. Yo debo guardar imparcialidad con todas las partes”.