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Sección: Estado de Veracruz

Inconstitucional pedir a independientes 2% de firmas de mitad de secciones electorales

El TEV también declaró infundado señalar que 30 días no son suficientes para recabar los apoyos de los ciudadanos

Rafael Mel?ndez Ter?n Xalapa, Ver. 01/02/2017

alcalorpolitico.com

Al considerarse inconstitucional, los aspirantes a candidatos independientes no están obligados a conseguir el 2 por ciento de las firmas de los votantes de al menos la mitad de las secciones electorales que conforman el municipio por el que busca contender el próximo 4 de junio.

Esta fue la determinación que hicieron los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) en torno de requisito impuesto por el Organismo Público Local Electoral (OPLE).

Así se resolvió la impugnación presentada por José Luis Regimio Plata, en contra de este apartado de la convocatoria emitida por la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos.



Su argumento, recordaron, se basa en que en otros juicios declararon inconstitucional la norma establecida en el Código Electoral.

En esta se obligaba a los aspirantes independientes no sólo a reunir el 3 por ciento de rúbricas de los votantes que conforman el padrón electoral del municipio en cuestión, sino también el 2 por ciento de las firmas de los votantes de la menos la mitad de las secciones electorales.

También, los juristas declararon como infundados los agravios de los quejosos en el sentido de que el plazo de 30 días para recabar los apoyos de los ciudadanos no era suficiente.



A la par, determinaron que no sólo los aspirantes a candidatos a alcaldes y síndicos están obligados a solicitar el apoyo de los electores, sino también quienes aspiran a regidores.

Por otro lado, y en un asunto independiente, sostuvieron que el TEV es incompetente para resolver las quejas presentadas por cuatro extrabajadores del OPLE.

Los quejosos señalaban que fueron despedidos sin justificación alguna y haber sido sometidos a violencia laboral.



Decidieron enviar los expedientes al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, órgano competente para atender estos asuntos.