Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

INE deberá aclarar por qué “mañaneras” ponen en riesgo elecciones: Presidencia

Tribunal Electoral federal ordenó al Instituto explicar cómo se viola principio de neutralidad

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 13/01/2021

alcalorpolitico.com

El consejero Jurídico del Ejecutivo federal, Julio Scherer Ibarra, señaló que el Instituto Nacional Electoral (INE) debe aclarar de qué manera las conferencias mañaneras del presidente Andrés Manuel López Obrador violan el principio de neutralidad en los procesos electores federal y locales en curso.

Lo anterior, según lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien a su juicio no ve cómo las alocuciones del Mandatario afecten la imparcialidad en la contienda.

“Básicamente, lo que el TEPJF le está pidiendo al INE es que se pronuncie sobre las medidas inhibitorias que podrían poner en peligro el principio de neutralidad durante el proceso, porque el Tribunal no ve que estas conferencias pongan en riesgo el proceso”, afirmó durante su participación en la conferencia matutina de este miércoles.



Scherer Ibarra aseguró que estos encuentros con los medios de comunicación permiten generar información pública todos los días, “entonces (el TEPJF) no siente que se genere información para inhibir el proceso electoral. (El INE debe decir) en qué está vulnerando la neutralidad”.

La polémica por la supuesta prohibición de las “mañaneras” surgió el pasado lunes, cuando el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, dijo que durante las campañas electorales la transmisión íntegra de éstas debía interrumpirse al considerarse propaganda gubernamental.

Los dichos del funcionario fueron criticados por Andrés Manuel López Obrador, quien adelantó que acudiría a instancias legales para defender la difusión completa de sus conferencias.



Ante esto, Córdova Vianello reiteró que los criterios vigentes o que se han aplicado durante los dos últimos años, establecen que durante las campañas electorales se debe suspender la transmisión íntegra de esas conferencias, al considerase que, al realizarse en ellas una promoción de los logros del gobierno, constituyen propaganda gubernamental prohibida por la Constitución.