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Sección: V?a Correo Electr?nico

Insistirá Nora Guerrero en que aparezca en las boletas como “candidata no registrada”

Aspira a la alcaldía de Xalapa, sin partido y sin registro; la limitante es que no aceptan que su nombre esté impreso en las boletas de votación

16/06/2010

alcalorpolitico.com

Psic. Joaquín Rosas Garcés

Nora Lucila Guerrero Córdoba, CANDIDATA Ciudadana NO REGISTRADA por partido político alguno, informa que la noche del lunes 14 a las 21.35 horas, le fue notificada la Resolución del Tribunal Electoral del Estado de Veracruz, en el juicio JDC 66/2010, mediante el cual confirma el Tribunal el Acuerdo emitido por el Consejo Municipal de Xalapa, Veracruz, del Instituto Electoral Veracruzano, del 29 de mayo en donde resolvió dicho Consejo, sobre la "la solicitud de registro de ciudadanos como Candidatos Independientes..."

Desde luego, esta resolución en la instancia correspondiente, que niega así mismo, la inscripción de los nombres en la Boleta Electoral no es absoluta, seguiremos en el proceso establecido para impugnar y defender los derechos políticos Electorales de los Ciudadanos (por el respeto al derecho a votar y ser votados) en la vía federal.

La Candidata ciudadana NO REGISTRADA asegura que no solicitó nunca al Consejo Municipal Electoral de Xalapa, que se le "registrara" ya que esto resulta innecesario, lo que le pidió fue que anotaran (impresos) en la Boleta Electoral, los nombres de la fórmula política para contender en las elecciones del 4 de julio del presente proceso 2009-2010, por lo que observa la Candidata que existiendo en el Código Electoral vigente en el Estado de Veracruz, (Art. 207) la figura de CANDIDATOS NO REGISTRADOS y asentando el Tribunal que la ostentación como tal está mediante un informe circunstancial que emitió la autoridad electoral, señalando que está legitimada, ya que en el mismo, se le reconoció dicha personalidad, elevará ante el órgano correspondiente la impugnación al resolutivo que se refiere a su "....solicitud de registro...", ya que insiste no pidió "registro", pidió que se anoten en las Boletas Electorales los nombres de la fórmula para contender por la Presidencia Municipal de Xalapa con fundamento en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y del artículo 15 de la Constitución Local que a partir del Lic. Miguel Alemán Velazco resalta el derecho humano a votar y ser votado sin cortapisas ni "condiciones" especiales.

El voto a favor de los candidatos no registrados es válido como lo es a favor de los registrados por partidos, pero requiere contener los nombres de los candidatos no registrados, por tanto, anotarse en el recuadro que en la boleta viene de acuerdo a los materiales electorales.

Diana Gómez Jacinto