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Sección: Estado de Veracruz

Instituto Metropolitano del Agua supervisará prestación del servicio en Veracruz y Medellín de Bravo

También vigilará la prestación del servicio de saneamiento en estos municipios

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 27/12/2019

alcalorpolitico.com

Mientras tiene en puerta una auditoría integral por parte del Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) y una supervisión a la calidad que deberá realizar la Procuraduría de Medio Ambiente (PMA), el Consejo Consultivo del Instituto Metropolitano del Agua (IMA) reformó diversos artículos de su Reglamento Interior

Entre las reformas destaca la Fracción XI del artículo 11, a fin de establecer que para efectos del Título de Concesión, el Instituto asumirá los derechos y obligaciones que anteriormente detentaba el Sistema de Agua y Saneamiento Metropolitano Veracruz, Boca del Río y Medellín, única y exclusivamente para la supervisión y vigilancia respecto de la prestación de los servicios de agua y saneamiento en los municipios de su jurisdicción, en la posibilidad de los recursos de que disponga financieros, humanos, técnicos, tecnológicos, científicos y cualquier otro que se requiera.

Y las adiciones de los artículos del 56 al 64 con sus respectivas Fracciones, entre las que figuran las atribuciones que corresponden a el/la Titular de la Dirección del Área Coordinadora de Archivo.



Entre ellas destacan las de elaborar y actualizar los Instrumentos de Control y Consulta Archivísticos, con el apoyo de los responsables de los Archivos de Concentración y de los de Trámite del Instituto, cuya designación para éstos últimos es honorifica entre los servidores públicos de las áreas administrativas.

Realizar un registro de los responsables de archivo del Instituto; elaborar y someter a la aprobación de el/la Titular de la Dirección General, el proyecto del Programa Anual de Desarrollo Archivístico, en el mes de enero del año que corresponda; y coordinar los procesos de valoración y disposición documental que realicen las áreas del Instituto.

Mientras que la Dirección del Área Coordinadora de Archivos del IMA, a efecto de dar cumplimiento a la Ley General de Archivos, contará con las siguientes áreas Operativas:



De correspondencia; de Archivo de trámite, por área o unidad; de Archivo de concentración; y de Archivo Histórico.

Y el Archivo Histórico constituirá fuente de acceso público, encargado de divulgar la memoria documental institucional y difundir su acervo e instrumentos de consulta.