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Sección: Estado de Veracruz

Interesados en formar parte de la Policía Municipal de Córdoba necesitarían mínimo el bachillerato

- Si quieran estar en las áreas de atención a víctimas, investigación e inteligencia tendrían que contar con licenciatura

- Además, deben aprobar el proceso de evaluación inicial de control de confianza

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 27/01/2018

alcalorpolitico.com

Para ingresar a la Policía Municipal Preventiva de Córdoba, por ser una corporación que tendrá Áreas de Investigación y de Inteligencia, se requiere de estudios de Bachillerato y Universitarios o equivalentes.

Para ingresar como policía municipal preventivo se hará por convocatoria pública abierta bajo los siguientes requisitos: ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; tener mayoría de edad y acreditar que ha concluido, al menos, los estudios siguientes:

En el caso de policía de proximidad, reacción, protección y custodia: Educación Media Superior o equivalente.



Y en el caso de atención a víctimas y aspirantes a las áreas de investigación e inteligencia: Enseñanza Superior o equivalente.

Además, aprobar el proceso de evaluación inicial de control de confianza; el curso de ingreso, formación inicial o básica, así como el concurso que establezcan las disposiciones aplicables y, en su caso, la convocatoria respectiva.

No estar sujeto o vinculado a proceso penal por delito doloso; no estar suspendido ni haber sido destituido o inhabilitado por resolución firme como servidor público, ni estar sujeto a procedimiento de responsabilidad administrativa federal o local, en los términos de las normas aplicables; y no haber sido condenado por sentencia irrevocable como responsable de delito doloso.



La selección de ingreso a la Policía Municipal Preventiva consiste en elegir, de entre los aspirantes que hayan sido reclutados, a quienes cubran el perfil y la formación requeridos.

Dicho proceso comprende el período de los cursos de formación o capacitación y concluye con la resolución que determine cuáles son los candidatos aceptados.

El ingreso es el proceso de integración de los candidatos a la estructura institucional y tendrá verificativo al concluir su formación o capacitación inicial y el correspondiente período de prácticas, previo cumplimiento de los requisitos previstos en esta ley y demás disposiciones aplicables.



El Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Secretaría de Seguridad Pública será el encargado, de acuerdo a los modelos y protocolos de evaluación y control de confianza que se establezcan por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, evaluar y certificar al personal.

Quienes ingreses a la corporación tendrán derecho a participar en los cursos de capacitación, actualización, profesionalización y especialización correspondientes, así como en aquellos que se acuerden con otras instituciones de formación, académicas, nacionales y del extranjero que tengan relación con sus funciones, conforme a la disponibilidad presupuestal y las necesidades del servicio.

Recibir una percepción económica, gozar de las prestaciones y los servicios en materia de seguridad social, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables; acceder al sistema de estímulos o reconocimientos cuando su conducta y su desempeño así lo ameriten, de acuerdo con las normas.



En los procesos de investigación, los elementos de la corporación no podrán grabar al interior de domicilios y lugares privados sin orden judicial o consentimiento previo de sus propietarios, salvo que se trate de delito flagrante o de la preservación de los hechos.

Todas las grabaciones deberán almacenarse durante siete días, si en ese período no son solicitadas por autoridad competente o por alguna institución policial, se destruyen; y cuando elementos de diversas instituciones policiales conozcan de un mismo hecho, cada uno deberá elaborar un informe policial homologado.