Ir a Menú

Ir a Contenido

Por liberaci?n de extorsionadores

Judicatura envió un magistrado visitador a Juzgado de Jalacingo

La libertad bajo fianza procedía, por eso jueza los liberó: Madruga Picazo

Guadalupe L?pez Espinosa Xalapa, Ver. 05/08/2008

alcalorpolitico.com

El Consejo de la Judicatura envió un magistrado visitador al Juzgado de Jalacingo para que verifique cómo se encuentran las constancias procesales y los autos relativos al caso de los extorsionadores que fueron puestos en libertad por la jueza por ministerio de ley, María del Carmen García Pazarón, para que en base a su informe se determine si hay lugar o no a una sanción a esta servidora pública, señaló hoy el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Reynaldo Madruga Picazo.

Dijo que de manera expresa y formal aún no hay una queja ante el Consejo de la Judicatura, aunque este tiene facultades para iniciar de oficio la instrucción de una queja cuando así se deriva de los acontecimientos como en el caso presente.

Sin embargo, informó, ya se envió un magistrado visitador para que de viva voz se apersone al Juzgado de Jalacingo y verifique cómo se encuentran las constancias de los autos y hay que esperar a que rinda el informe pertinente; información que también se le pedirá al juez de primera instancia y en su momento se tomará la decisión que sea pertinente.

Mencionó que comparte la preocupación del sector empresarial por ese caso, porque, efectivamente, uno de los bienes más preciados por todos es precisamente la libertad y la seguridad personal y de la familia, por ello, reiteró, de ninguna manera el Consejo de la Judicatura va a permitir tropelías o que se viole la ley de manera impune.

En ese caso, insistió, se llevarán a cabo las investigaciones de manera totalmente objetiva y detallada para establecer si esa servidora pública incurrió o no en una violación de la ley y si resulta procedente se aplicará la sanción que la ley determine.

Dijo haber escuchado opiniones de gente como los empresarios y comerciantes que de manera muy clara están manifestando que desean la protección de sus intereses, de su seguridad y de sus personas, pero también ha leído algunos criterios de que si el delito que se sometió a consideración de la juez por ministerio de ley no estaba en ese momento calificado como grave, la libertad bajo fianza procedía.

Agregó que el catálogo de sanciones en la Ley Orgánica del Poder Judicial no establece de manera directa que se pueda prescindir o que se pueda sancionar a un funcionario cesándolo de acuerdo con la gravedad de la falta que se le acredite, pero reiteró que “tendremos que ser muy firmes para demostrarle a todos, a la sociedad y a las personas que trabajan con nosotros, que no titubearemos cuando sea necesario y cuando sea procedente, imponer una sanción fuerte y grave”.

Madruga Picazo consideró que, afortunadamente, los criterios de la sociedad civil se concretaron en la actuación de los integrantes del Congreso del Estado, que viendo la sanción como estaba prevista de tres a siete años como máximo y que le permitía la libertad, de inmediato se hizo la reforma necesaria y actualmente ya es un delito grave”.

Sin embargo, indicó, a estas personas no se les puede aplicar la reforma en forma retroactiva, porque, además, fueron sujetos a la formal prisión cuando se venció el término constitucional, están sujetos a un proceso penal bajo los efectos de la libertad caucional.