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Sección: Estado de Veracruz

Juez federal tira fallo de magistrados suplentes del TSJE, que fueron habilitados

- Concede amparo y ordena al Poder Judicial resuelva, con magistrados de sala legalmente integrada

- Según expediente, TSJE incumplió los lineamientos de la Constitución para designar magistrados sustitutos

De la redacción Xalapa, Ver. 15/08/2019

alcalorpolitico.com


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La designación de magistrados “suplentes” por parte del magistrado presidente, Edel Humberto Álvarez Peña, del Tribunal Superior de Justicia ha abierto la puerta para que una persona acusada de violación de una menor pueda quedar en libertad y además, para que todas las resoluciones dictadas por los magistrados sustitutos se puedan venir abajo o tengan que ser resueltas nuevamente por salas con magistrados designados por el Congreso del Estado.

De acuerdo con el amparo 875/2018, promovido por Efraín Méndez Carrillo ante el Juzgado Segundo de Distrito, se determinó que el Presidente del Tribunal incumplió los lineamientos para nombrar a dos sustitutos de la Sala, que revisaron y resolvieron éste y otros asuntos.

Méndez Carrillo había logrado la remisión parcial de su pena; sin embargo, los magistrados suplentes de la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado revocaron dicho fallo, de ahí que el sentenciado tramitó un amparo.



Al conseguir la protección de la justicia federal, Méndez Carrillo consiguió que su asunto sea estudiado nuevamente por una Sala “legalmente integrada” para tal efecto y, una vez realizado lo anterior, a la brevedad se resuelva lo que en derecho corresponda.

En sustancia, el juez consideró que los Magistrados que resuelvan las controversias o apelaciones relativas a las sentencias que dicten los jueces de primera instancia, deben ser nombrados por el Congreso del Estado, según la Constitución Política de la entidad, lo cual no ocurre en el caso de los magistrados suplentes que fueron habilitados para suplir la carencia de magistrados del Tribunal Superior de Justicia legalmente designados.

Por ello, el Juez federal consideró fundado lo argumentado por la parte quejosa, en el sentido de que dentro de las atribuciones que tiene el presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado contenidas en el artículo 88 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, no está la de nombrar magistrados y magistradas en la forma en que lo hizo.



“Además de que el artículo 204 de la citada Ley Orgánica únicamente regula las ausencias o licencias temporales de magistrados o magistradas, mientras que de conformidad con el artículo 205 de la misma Ley, las ausencias definitivas de magistrados y magistradas deberán de hacerse de conocimiento del presidente del Tribunal Superior de Justicia, para que éste lo comunique al Gobernador del Estado y para que el titular del Poder Ejecutivo del Estado haga la propuesta correspondiente al Congreso”.

El Juez federal determinó que la competencia de la autoridad jurisdiccional que resolvió, no es clara ni apegada a los principios de fundamentación, motivación y legalidad que exigen los artículos 14 y 16 de la Constitución Política Federal.

Caso impugnado



De acuerdo con el expediente, el 31 de marzo de 2011 el quejoso fue sentenciado a doce años de prisión, a la reparación del daño que se determinaría en sección de ejecución y a una multa económica, al resultar penalmente responsable del delito de violación específica cometido en agravio de una menor.

Sin embargo, el sentenciado solicitó al Juez Ejecutor de Sentencias Penales del Distrito Judicial de Xalapa, con sede en Pacho Viejo, Veracruz, a que proveyera sobre la remisión parcial de la pena, lo que consiguió, de ahí que sólo le quedaba compurgar 66 días.

No obstante, inconforme con lo anterior, la fiscal tercera interesada interpuso recurso de apelación, el cual fue admitido el 13 de julio de 2018 por el presidente del Tribunal Superior de Justicia, donde se radicó como toca.



El 13 de agosto de 2018, la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, dictó la resolución correspondiente al toca, mediante la cual revocó la resolución dictada en el incidente no especificado promovido por el sentenciado.

La resolución reclamada fue firmada por quienes integraban la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, en la inteligencia de que intervinieron en dicho asunto el magistrado Alfonso Balderas Ramírez, el licenciado Rodrigo Joel Armas Salinas, secretario de acuerdos y la licenciada Patricia Guadalupe Sánchez Martínez, secretaria de estudio y cuenta, las últimas dos personas mencionadas, designadas por el presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, para cubrir provisionalmente a un magistrado y a una magistrada en retiro.

Conceden amparo



Por la forma en que fue concedido el amparo el juez federal concluyó:

“En consecuencia, procede conceder el amparo solicitado, para el efecto de que la Sala responsable deje insubsistente la resolución dictada en el toca y, en su lugar, tome las medidas necesarias para que el recurso de apelación interpuesto por la fiscal tercera interesada, contra la resolución dictada en el incidente no especificado, promovido por el aquí quejoso en el que se había otorgado a éste la remisión parcial de su pena, sea estudiado por una Sala legalmente integrada para tal efecto y, una vez realizado lo anterior, a la brevedad, se resuelva lo que en derecho corresponda”.