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Sección: Estado de Veracruz

La mayoría de ayuntamientos no ha integrado áreas de Investigación y Substanciación

Se verán en la “peligrosa situación” de no poder iniciar los procedimientos, en caso de presentarse quejas en contra de servidores públicos

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 17/09/2018

alcalorpolitico.com

Al momento, en la mayoría de los ayuntamientos de Veracruz los Órganos Internos de Control (OIC) aún no han integrado las áreas de Investigación y Substanciación; por lo que se verán en la “peligrosa situación” de no poder iniciar los procedimientos en caso de presentarse quejas en contra de servidores públicos, mismas que tienen que resolverse en un plazo de 30 días

Ángel Santos Juárez, director de Auditoría de Legalidad del Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS), recordó que la Ley General de Responsabilidades Administrativas se promulgó y publicó el 18 de julio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación yentró en vigor un año después, es decir, el 19 de julio de 2017; por lo que los entes municipales tuvieron el tiempo suficiente para hacer las adecuaciones necesarias, a fin de dotar a sus OIC con ambas áreas.



La Ley General de Responsabilidades Administrativas, establece que los Órganos Internos de Control tendrán la estructura orgánica necesaria para realizar las funciones correspondientes a las autoridades investigadoras y substanciadoras y garantizarán la independencia entre ambas en el ejercicio de sus funciones, es decir, deberán contar con estas dos áreas. Sin embargo, ha transcurrido más de un año de la vigencia de la Ley y no están del todo integradas esas áreas.

Cabe recordar que el ORFIS publicó el pasado mes de marzo un corte sobre el acatamiento de esa disposición en los ayuntamientos y el resuelto fue que sólo el 11% de los OIC contaban con las áreas de Investigación y Substanciación; mientras que el 89% no las tenían.

“Sí es necesario que estén constituidas esas áreas, porque mientras no tengan las áreas de Investigación y de Substanciación se verán en la peligrosa situación de que no poder correr los procedimientos en caso de presentarse una queja en contra de algún servidor público. Sí es un asunto de urgencia, aunque ya debería estar resuelto”.



El área de investigación tiene la competencia de la calificación de las faltas administrativas y de substanciar los procedimientos. Tratándose de actos u omisiones que hayan sido calificados como faltas administrativas no graves, los OIC serán competentes para iniciar, substanciar y resolver los Procedimientos de Responsabilidad Administrativa.

Una vez que el Congreso del Estado dictamine y apruebe la Cuenta Pública 2017, las observaciones que pudieran constituir faltas administrativas no graves serán atendidas por los OIC de los Entes Fiscalizables.

Para tales efectos la Secretaría Técnica del ORFIS, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, notificará las mismas para su atención mediante el inicio de la investigación respectiva y promoción de las demás acciones que sean procedentes, debiendo informar al ORFIS dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de las observaciones el número de expediente con el que se inició la investigación o procedimiento.



Una vez concluida la investigación, dentro de los 10 días hábiles siguientes, deberán remitir al ORFIS una copia certificada del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa (IPRA) o en su caso, si no se encontrasen elementos suficientes para demostrar la existencia de la infracción y la presunta responsabilidad del infractor, copia del Acuerdo de conclusión y archivo del expediente, sin perjuicio de que pueda abrirse nuevamente la investigación si se presentan nuevos indicios o pruebas y no hubiere prescrito la facultad para sancionar.

Por esa razón, insistió en la importancia de que los OIC cuenten con las áreas de investigación y de Substanciación, sobre todo, porque el próximo 1 de octubre se entregará al Congreso del Estado el Informe de la Cuenta Pública Consolidada 2017.