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Sección: Estado de Veracruz

Modifican Reglamento interno del Instituto Municipal de las Mujeres de Xalapa

- Ahora se establece la obligación del personal de no ejercer violencia dentro o fuera del Instituto, entre otros cambios

- Fueron aprobadas por la Junta de Gobierno del Instituto

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 06/07/2019

alcalorpolitico.com

El personal que labora en el Instituto Municipal de las Mujeres de Xalapa tendrá la obligación de abstenerse a realizar, dentro y fuera del mismo, actos de violencia, injurias, amagos o malos tratos.

Y las faltas en las que incurran se resolverán de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior de Trabajo del Ayuntamiento de Xalapa y demás leyes de la materia.

Lo anterior son algunas de las modificaciones que hizo la Junta de Gobierno del Instituto Municipal de las Mujeres de Xalapa al Reglamento Interno de ese organismo público descentralizado.



Se estableció que las mujeres habitantes, vecinas o aquellas que transiten temporalmente en el territorio municipal tendrán acceso a las acciones, servicios y apoyos del Instituto.

La titularidad de la Dirección General del Instituto recaerá en una mujer, designada por la o el presidente municipal, quien durará en su cargo cuatro años y podrá ser ratificada para un periodo consecutivo.

Para ser Directora General del Instituto se deberán reunir, además de los requisitos que señala la Ley Orgánica del Municipio Libre ser preferentemente originaria del Municipio de Xalapa con residencia efectiva en su territorio de más de cinco años, en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.



No pertenecer a ningún partido político ni tener ningún cargo administrativo a partir de la designación; no ostentar, ni haber desempeñado en los últimos cinco años anteriores al nombramiento, cargo de elección popular o dirigencia partidista; contar con una edad mínima de 30 años cumplidos al día de la designación, y contar con título profesional y conocimiento, formación y experiencia acreditable en género, igualdad y derechos humanos de las mujeres, con un mínimo de cinco años.

El Instituto Municipal de las Mujeres tiene como objeto proponer, impulsar, gestionar y aplicar las políticas, estrategias y acciones, encaminadas a transversalizar la perspectiva de género en el Gobierno municipal, así como aquellas dirigidas al desarrollo de las mujeres en el municipio, con el fin de mejorar su condición social y lograr su plena participación en los ámbitos económico, político, social, cultural, laboral y educativo, en un marco de igualdad y no discriminación.

Entre las atribuciones del Instituto destacan Investigar, documentar y sistematizar, a través de la información generada por el instituto, informes periódicos sobre la condición y situación de las mujeres en las distintas zonas del Municipio, tanto urbanas como rurales, así como en los diversos estratos socioculturales, económicos, laborales y profesionales, con la finalidad de elaborar estadísticas e indicadores.



Y la de impulsar la elaboración de un diagnóstico integral de la situación de las mujeres y los hombres, con la participación de la sociedad civil e instituciones académicas, públicas y privadas, con el fin de identificar la desigualdad e inequidad y establecer políticas municipales para su erradicación.

La estructura del Instituto está conformada por una Junta de Gobierno; una Dirección General; Órganos de Vigilancia y Control; y por las Subdirecciones de Institucionalización de la Perspectiva de Género; de Promoción y Difusión de los Derechos Humanos.

La Junta de Gobierno de integrará por la Presidenta o el Presidente Municipal; la Titular de la Comisión Edilicia de Igualdad de Género del Ayuntamiento de Xalapa, y cuatro mujeres representantes de diferentes sectores de la sociedad con experiencia y formación en materia de igualdad de género y derechos humanos de las mujeres, que serán propuestas por la o el Presidente Municipal, la Comisión Edilicia de Igualdad de Género, el Comisario público y la Directora General del Instituto.



El presupuesto que le sea designado por el Ayuntamiento, de conformidad con la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Veracruz.