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Sección: Estado de Veracruz

Multa de 12 mil a 69 mil pesos a quien no expida facturas electrónicas, desde hoy

- Las pueden emitir a través de la página del SAT o con proveedores autorizados: Sándor Díaz

- Amplía Hacienda su horario de 8:30 a 19:00 horas; trabajará sábados de abril, excepto jueves y viernes

- Esa medida se toma porque este mes deben presentar su “declaración anual” las personas físicas

?ngeles Gonz?lez Ceballos Xalapa, Ver. 01/04/2014

alcalorpolitico.com


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Aquellos negocios que no expidan comprobantes fiscales digitales por Internet podrán ser acreedores a multas que van de los 12 mil a los 69 mil pesos, puntualizó Sándor Díaz Dávila, administrador local de Servicios al Contribuyente del Sistema de Administración Tributaria (SAT) de Xalapa.

En entrevista, recordó que ayer lunes venció el plazo de adaptación y por lo tanto, a partir de este 1 de abril los contribuyentes de todo el país deberán expedir facturas electrónicas o recibos digitales.

En el caso de que un contribuyente tenga abierto su establecimiento y recibe una orden de verificación de comprobantes fiscales, el SAT verificará que esté o no cumpliendo, “si cumple, no habrá problema, si no cumple, será acreedor a la multa”.



La multa variará de acuerdo a si el contribuyente es reincidente y si ya se le había apercibido anteriormente.

El funcionario federal, recordó que ayer lunes 31 de marzo fue el último día para aquellos contribuyentes que habiendo tenido ingresos de hasta 500 mil pesos, podían todavía seguir con la opción de la facturación que venían manejando hasta el 31 de diciembre de 2013.

Algunos de éstos que emitían comprobantes fiscales y otros que emitían con código de barras bidimensional, a partir de este 1 de abril, ya debían emitir comprobantes fiscales digitales por Internet.



Esto se puede realizar a través de la página electrónica del SAT que se llama factura fácil o a través de la aplicación de servicios de facturación electrónica que tiene la dependencia federal en la misma página o a través de los proveedores o auxiliares de facturación electrónica autorizados.

“Estos contribuyentes ya tendrían a partir de hoy que estar expidiendo estos comprobantes fiscales digitales por Internet a través de estas dos modalidades que acabo de mencionar, los que no, yo creo que se van a quedar sin clientes porque ya no van a ir a hacerles transacciones u operaciones con ellos”, señaló.

Y es que dijo, el contribuyente buscará a aquellos negocios, empresas o personas que presten servicios en donde se otorgue un comprobante fiscal por Internet.



Subrayó que es importante que aquellos que venían expidiendo comprobantes fiscales digitales que no son por Internet o con código de barras bidimensional, se acerquen a la oficina del SAT para verificar si su contraseña funciona adecuadamente para expedir los comprobantes o si su firma electrónica funciona de manera adecuada.

En otro tema, recordó que a partir de este 1 de abril se recibirán las declaraciones anuales de las personas físicas que tuvieron ingresos durante 2013.

Informó que a partir de esta fecha el horario de servicio será de las 8:30 a las 19:00 horas, en horario corrido excepto jueves y viernes Santo.



Además, dijo que trabajarán los días 5, 12 y 26 de abril para brindar atención a los contribuyentes de 9:00 a 14:00 horas, adicionalmente laborarán el domingo 27 de abril de 9:00 a 14:00 horas.