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Sección: Estado de Veracruz

Autorizada la conformación del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa; se aprobó Ley Orgánica

El próximo martes se votaría el punto de acuerdo que nombra para un periodo de 10 años improrrogables a los 4 magistrados

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 16/12/2017

alcalorpolitico.com

Prácticamente todo está listo para cerrar el círculo en el proceso de creación del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa: ya está autorizada su conformación y aprobada su Ley Orgánica, sólo se espera que el martes de la próxima semana se someta a votación el punto de acuerdo que nombra para un periodo de 10 años improrrogables a los 4 magistrados que habrán de integrarlo.

Al quedar debidamente conformado ese organismo, que será autónomo del Poder Judicial, desaparecerá el Tribunal Estatal de lo Contencioso Administrativo y sus magistrados: José Luis Ocampo López, Emma Rodríguez Cañada, Lizbeth Hernández Ribbón, Leonardo Cruz Casas y Gilberto Ignacio Bello Nájera, habrán de reintegrarse al Tribunal Superior de Justicia.

Para garantizar los derechos adquiridos de los magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, continuarán como Gagistrados en el Poder Judicial del Estado exclusivamente por el tiempo que hayan sido nombrados.



Y los recursos humanos, materiales, financieros y presupuestales con que cuenta el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, incluyendo todos los bienes y los derechos derivados de fondos o fideicomisos vigentes, quedarán a disposición del Consejo de la Judicatura.

La propuesta de los cuatro nuevos magistrados que el gobernador envió al Congreso del Estado son: Estrella Alhely Iglesias Gutiérrez, Luisa Samaniego Ramírez, Roberto Alejandro Pérez Gutiérrez y Pedro José María García Montañez.

El Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, que formará parte del Sistema Estatal Anticorrupción, será un organismo dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, personalidad jurídica y patrimonio propios, independencia en sus decisiones, y será la máxima autoridad en la materia.



Será competente para dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública estatal y municipal y los particulares.

Podrá imponer, en los términos que disponga la ley, las sanciones a los servidores públicos estatales o municipales por las responsabilidades administrativas que la ley determine como graves y a los particulares que incurran en actos vinculados con faltas administrativas graves.

Fincará a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Estatal o Municipal o al patrimonio de los entes públicos estatales y municipales y a los particulares afectados por los hechos o actos de servidores públicos.



El Tribunal ejercerá sus funciones bajo los principios de autonomía, legalidad, plena jurisdicción, honestidad, responsabilidad, austeridad, transparencia, independencia jurisdiccional, imparcialidad, objetividad, profesionalismo, excelencia, motivación y fundamentación, vocación de servicio y responsabilidad en el uso de los elementos materiales.

Habrá de funcionar en Pleno y en Salas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley; y se integrará por cuatro magistrados, y contará con un Órgano Interno de Control que ejercerá sus funciones en coordinación con el Órgano de Fiscalización Superior del Estado, cuyo titular será nombrado por el Congreso del Estado, con la aprobación de las dos terceras partes de sus miembros presentes.

Los magistrados del Tribunal serán nombrados por el Congreso a propuesta del Gobernador, durarán en su encargo diez años improrrogables y sólo serán removidos de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política de Veracruz.



Para ser magistrado del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa se requiere:

Ser veracruzano y haber residido en la Entidad durante los dos años anteriores al día de la designación; o mexicano por nacimiento con vecindad mínima de cinco años en el Estado; en ambos casos, ser ciudadano, en pleno ejercicio de sus derechos.

Tener, cuando menos, treinta años cumplidos al día de la designación; poseer, al día del nombramiento, título de Licenciado en Derecho expedido por autoridad o institución legalmente facultada, con una antigüedad mínima de cinco años, y contar, preferentemente, con estudios de posgrado, o con experiencia profesional en la Judicatura o ejercicio de la profesión no menor de ese lapso.



Gozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente su buena fama, lo inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.

No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe conforme a lo establecido en la Constitución Federal y la ley de la materia.

No podrán ser magistrados del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa las personas que hayan ocupado el cargo de Secretario del Despacho o su equivalente, Fiscal General del Estado, Senador, Diputado Local o Federal ni Presidente Municipal, durante el año previo al día de su nombramiento.